Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) aplican para una auditoría de estados financieros de grupos (auditoría de grupo). Esta NIA trata de las consideraciones especiales aplicables a las auditorías de grupos incluidas aquellas circunstancias cuando participan los auditores de los componentes. Los requerimientos y la guía de aplicación en esta NIA se refieren a, o amplían sobre, la aplicación de otras NIA relevantes para una auditoría de grupo en particular, la NIA 220 (Revisada),¹ NIA 230,² NIA 300,³ NIA 315 (Revisada 2019),⁴ y la NIA 330.⁵
NIA 600 (REVISADA)
CONSIDERACIONES ESPECIALES - AUDITORÍAS DE ESTADOS FINANCIEROS DE GRUPOS (INCLUIDO EL TRABAJO DE LOS AUDITORES DE LOS COMPONENTES)
Introducción
Alcance de esta NIA
Los estados financieros de un grupo incluyen la información financiera de más de una entidad o unidad de negocio a través de un proceso de consolidación, como se describe en el apartado 14(k). El término proceso de consolidación, tal como se utiliza en esta NIA, se refiere no solo a la preparación de estados financieros consolidados de conformidad con el marco de información financiera aplicable, sino también a la presentación de estados financieros combinados y a la agregación de la información financiera de entidades o unidades de negocio tales como sucursales o divisiones.
Como se explica en le NIA 220 (Revisada),⁶ esta NIA, adaptada según sea necesario en las circunstancias, también puede ser útil en auditorías de estados financieros distintas a una auditoría de grupo, cuando el equipo del encargo incluye personas de otra firma. Por ejemplo, esta NIA puede ser útil cuando se involucra a dicha persona para que asista a un conteo de un inventario físico, inspeccione propiedades, planta y equipo, o realice procedimientos de auditoría en un centro de servicio compartido en una ubicación remota.
Grupos y Componentes
Un grupo puede estar organizado de varias formas. Por ejemplo, un grupo puede estar organizado por entidades legales o de otro tipo (por ejemplo, una controladora y una o más subsidiarias, negocios conjuntos o inversiones contabilizadas por el método de participación). Alternativamente, el grupo puede estar organizado por geografía, por otras unidades económicas (incluyendo sucursales o divisiones), o por funciones o actividades comerciales. En esta NIA, estas diferentes formas de organización se denominan colectivamente como “entidades o unidades de negocio”.
El auditor del grupo determina un enfoque apropiado para planificar y aplicar los procedimientos de auditoría que respondan a los riesgos valorados de incorrección material en los estados financieros del grupo. Para este propósito, el auditor del grupo utiliza su juicio profesional para determinar los componentes en los que se realizará el trabajo de auditoría. Esta determinación se basa en el conocimiento que el auditor del grupo tiene del grupo y su entorno, y de otros factores como la capacidad de realizar procedimientos de auditoría de forma centralizada, la presencia de centros de servicios compartidos o la existencia de sistemas de información y de control interno comunes.
Participación de los auditores de los componentes
La NIA 220 (Revisada)⁷ requiere que el socio del encargo determine que los recursos para realizar el encargo sean suficientes y apropiados, y se asignen o estén disponibles para el equipo del encargo de manera oportuna. En una auditoría de grupo, esos recursos pueden incluir a los auditores de los componentes. Por lo tanto, esta NIA requiere que el auditor del grupo determine la naturaleza, oportunidad y el alcance de la participación de los auditores de los componentes.
El auditor del grupo puede involucrar a los auditores de los componentes para que proporcionen información o realicen trabajos de auditoría para cumplir con los requerimientos de esta NIA. Los auditores de los componentes pueden tener una mayor experiencia y un conocimiento más profundo de los componentes y sus entornos (incluidas las leyes y reglamentos locales, las prácticas comerciales, el idioma y la cultura) que el auditor del grupo. En consecuencia, los auditores de los componentes pueden, y generalmente lo hacen, involucrarse en todas las fases de la auditoría de grupo.
El riesgo de auditoría es una función del riesgo de incorrección material y del riesgo de detección.⁸ El riesgo de detección en una auditoría de grupo incluye el riesgo de que el auditor de un componente no detecte una incorrección en la información financiera de un componente que podría causar una incorrección material en los estados financieros del grupo, y que el auditor del grupo puede no detectar esta incorrección. En consecuencia, esta NIA requiere una participación suficiente y adecuada por parte del socio del encargo del grupo o del auditor del grupo, según corresponda, en el trabajo de los auditores de los componentes y enfatiza la importancia de la comunicación de dos vías entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes. Además, esta NIA explica las cuestiones que el auditor del grupo toma en cuenta al determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de la dirección y supervisión de los auditores de los componentes y la revisión de su trabajo.
Escepticismo profesional
De conformidad con la NIA 200,⁹ se requiere que el equipo del encargo planifique y realice una auditoría con escepticismo profesional y ejerza su juicio profesional. El ejercicio adecuado del escepticismo profesional puede demostrarse a través de las acciones y comunicaciones del equipo del encargo, incluido el énfasis en la importancia de que cada miembro del equipo del encargo ejerza el escepticismo profesional a lo largo de la auditoría del grupo. Esas acciones y comunicaciones pueden incluir acciones específicas para mitigar los impedimentos que pueden perjudicar el ejercicio apropiado del escepticismo profesional.
Escalabilidad
Esta NIA es aplicable a todas las auditorías de grupo, independientemente de su tamaño o complejidad. Sin embargo, los requerimientos de esta NIA pretenden ser aplicados en el contexto de la naturaleza y circunstancias de cada auditoría de grupo. Por ejemplo, cuando una auditoría de grupo es realizada en su totalidad por el auditor del grupo, algunos requerimientos de esta NIA no son relevantes debido a que están condicionados a la participación de los auditores de los componentes. Este puede ser el caso cuando el auditor del grupo puede realizar procedimientos de auditoría de forma centralizada o puede realizar procedimientos en los componentes sin involucrar a los auditores de los componentes. La orientación en los apartados A119 y A120 también puede ser de ayuda al aplicar esta NIA en esas circunstancias.
Responsabilidades del socio del encargo del grupo y del auditor del grupo
El socio del encargo del grupo permanece como último responsable y, por lo tanto, el responsable del cumplimiento de los requerimientos de esta NIA. El término “el socio del encargo del grupo asumirá la responsabilidad de...” o “el auditor del grupo asumirá la responsabilidad de…” se utiliza para aquellos requerimientos en los que se permite que el socio del encargo del grupo o el auditor del grupo, respectivamente, asigne el diseño o la ejecución de procedimientos, tareas o acciones a otros miembros del equipo del encargo con las habilidades o la experiencia adecuadas, incluidos los auditores de los componentes. Para otros requerimientos, esta NIA tiene la intención expresa de que el socio del encargo del grupo o el auditor del grupo, según aplique, cumpla con el requerimiento o con la responsabilidad y el socio del encargo del grupo o el auditor del grupo puede obtener información de la firma u otros miembros del equipo del encargo.
Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros de grupos correspondientes a periodos iniciados a partir o después del 15 de diciembre de 2023.
Objetivos
Los objetivos del auditor son:
Definiciones
Para efectos de las NIA, los siguientes términos tienen el significado que se les atribuye a continuación:
Requerimientos
Responsabilidades del liderazgo para gestionar y alcanzar la calidad en una auditoría de grupo
Al aplicar la NIA 220 (Revisada),¹³ se requiere que el socio responsable del encargo asuma la responsabilidad total de gestionar y alcanzar la calidad en el encargo de auditoría del grupo. A tal efecto, el socio del encargo del grupo deberá:
Aceptación y continuidad
Antes de aceptar o continuar con el encargo de auditoría del grupo, el socio del encargo del grupo determinará si se puede esperar razonablemente que se obtenga evidencia de auditoría suficiente y adecuada que proporcione bases para formar una opinión sobre los estados financieros del grupo.
Si, después de la aceptación o continuidad del encargo de auditoría del grupo, el socio del encargo del grupo concluye que no se puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, el socio del encargo del grupo deberá considerar los posibles efectos sobre la auditoría del grupo.
Términos del encargo
Al aplicar la NIA 210,¹⁴ el auditor del grupo obtendrá el acuerdo de la dirección del grupo de que reconoce y comprende su responsabilidad de proporcionar al equipo del encargo:
Restricciones al acceso a la información o a personas fuera del control de la dirección del grupo
Si el socio del encargo del grupo concluye que la dirección del grupo no puede proporcionar al equipo del encargo acceso a la información o acceso sin restricciones a personas dentro del grupo debido a restricciones que están fuera del control de la dirección del grupo, el socio del encargo del grupo deberá considerar los posibles efectos sobre la auditoría del grupo.
Restricciones al acceso a la información o personas impuestas por la dirección del grupo
Si el socio del encargo del grupo concluye que:
Estrategia global de auditoría del grupo y plan de auditoría del grupo
Al aplicar la NIA 300,¹⁵ el auditor del grupo debe establecer y actualizar, según sea necesario, una estrategia general de auditoría del grupo y un plan de auditoría del grupo. Al hacerlo, el auditor del grupo deberá determinar:
Consideraciones cuando participan auditores de componentes
Al establecer la estrategia general de auditoría del grupo y el plan de auditoría del grupo, el socio del encargo del grupo deberá evaluar si el auditor del grupo podrá participar de manera suficiente y adecuada en el trabajo del auditor del componente.
Como parte de la evaluación del apartado 23, el auditor del grupo solicitará al auditor del componente que confirme que el auditor del componente cooperará con el auditor del grupo, y que el auditor del componente realizará el trabajo solicitado por el auditor del grupo.
Requerimientos de ética relevantes incluidos aquellos relacionados con la independencia
Al aplicar la NIA 220 (Revisada),¹⁶ el socio del encargo del grupo debe asumir las responsabilidades de:
Recursos del encargo
Al aplicar la NIA 220 (Revisada),¹⁷ el socio del encargo deberá:
El auditor del grupo deberá obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada relativa al trabajo a realizar en el componente, sin involucrar al auditor del componente si:
Realización del encargo
Al aplicar la NIA 220 (Revisada),¹⁹ el socio del encargo del grupo debe asumir la responsabilidad sobre la naturaleza, oportunidad y alcance de la dirección y supervisión de los auditores de los componentes y la revisión de su trabajo, tomando en consideración:
Comunicación con los auditores de los componentes
El auditor del grupo se comunicará con los auditores de los componentes acerca de sus respectivas responsabilidades y las expectativas del auditor del grupo, incluida la expectativa de que las comunicaciones entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes tengan lugar en los momentos apropiados durante la auditoría del grupo.
Conocimiento del grupo y su entorno, el marco de información financiera aplicable y el sistema de control interno del grupo
Al aplicar la NIA 315 (Revisada 2019),²⁰ el auditor del grupo asumirá la responsabilidad de conocer lo siguiente:
Consideraciones cuando participan los auditores de los componentes
El auditor del grupo comunicará oportunamente al auditor del componente:
El auditor del grupo solicitará a los auditores de los componentes comunicar, de forma oportuna:
Identificación y valoración del riesgo de incorrección material
Al aplicar la NIA 315 (Revisada 2019),²³ sobre la base del conocimiento obtenido en el apartado 30, el auditor del grupo asumirá la responsabilidad de la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo, incluso con respecto al proceso de consolidación.
Consideraciones cuando participan los auditores de los componentes
Al aplicar la NIA 315 (Revisada 2019),²⁴ el auditor del grupo deberá evaluar si la evidencia obtenida de los procedimientos de valoración del riesgo, realizados por el auditor del grupo y por los auditores de los componentes, proporciona un fundamento adecuado para la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material de los estados financieros del grupo.
Materialidad
Al aplicar la NIA 320²⁵ y la NIA 450,²⁶ cuando las clases de transacciones, saldos de cuenta o información a revelar en los estados financieros del grupo se desglosan entre componentes, con la finalidad de planificar y aplicar los procedimientos de auditoría, el auditor del grupo deberá determinar:
Consideraciones cuando participan los auditores de los componentes
El auditor del grupo comunicará al auditor del componente los importes determinados de conformidad con el apartado 35.
Respuestas a los riesgos valorados de incorrección material
Al aplicar la NIA 330,²⁷ el auditor del grupo asumirá la responsabilidad de la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos posteriores a realizar, incluida la determinación de los componentes en los que se realizarán los procedimientos de auditoría adicionales y la naturaleza, oportunidad y alcance del trabajo que se realizará en esos componentes.
Proceso de consolidación
El auditor del grupo asumirá la responsabilidad del diseño y realización de los procedimientos de auditoría adicionales para responder a los riesgos valorados de incorrección material en los estados financieros del grupo, que surgen del proceso de consolidación. Esto incluirá:
Si la información financiera de una entidad o unidad de negocio no ha sido preparada de conformidad con las mismas políticas contables que las aplicadas a los estados financieros del grupo, el auditor del grupo evaluará si la información financiera ha sido ajustada adecuadamente para efectos de la preparación y presentación de los estados financieros del grupo.
Si los estados financieros del grupo incluyen la información financiera de una entidad o unidad de negocio con un cierre del periodo de información financiera diferente al del grupo, el auditor del grupo será responsable de evaluar si se han realizado los ajustes adecuados a esa información financiera de conformidad con el marco de información financiera aplicable.
Consideraciones cuando participan los auditores de los componentes
Cuando el auditor del grupo involucre a los auditores de los componentes en el diseño o ejecución de procedimientos de auditoría adicionales, el auditor del grupo comunicará al auditor del componente las cuestiones que el auditor del grupo o el auditor del componente hayan determinado que son relevantes para el diseño de las respuestas a los riesgos valorados de incorrección material de los estados financieros del grupo.
Para las áreas de mayor riesgo valorado de incorrección material de los estados financieros del grupo, o riesgos significativos identificados de conformidad con la NIA 315 (Revisada 2019), en las que el auditor de un componente determina los procedimientos de auditoría adicionales que se aplicarán, el auditor del grupo evaluará si el diseño y la ejecución de esos procedimientos de auditoría adicionales son adecuados.
Cuando los auditores de los componentes realizan procedimientos de auditoría adicionales sobre el proceso de consolidación, incluyendo las sub-consolidaciones, el auditor del grupo determinará la naturaleza y alcance de la dirección y supervisión de los auditores de los componentes y de la revisión de su trabajo.
El auditor del grupo determinará si la información financiera identificada en la comunicación del auditor de un componente (véase el apartado 45(a)) es la información financiera que se ha incorporado a los estados financieros del grupo.
Evaluación de la comunicación del auditor de un componente y de la adecuación de su trabajo
El auditor del grupo solicitará al auditor del componente que le comunique las cuestiones relevantes para que el auditor del grupo alcance una conclusión en relación con la auditoría del grupo. Esta comunicación incluirá:
El auditor del grupo deberá:
El auditor del grupo determinará si es necesario, y en qué medida, revisar la documentación adicional de auditoría del auditor de los componentes. Al hacer esta determinación, el auditor del grupo considerará:
Si el auditor del grupo concluyera que el trabajo del auditor del componente no es adecuado para la finalidad del auditor del grupo, el auditor del grupo determinará los procedimientos de auditoría adicionales a aplicar, y si deben ser aplicados por el auditor del componente o por el auditor del grupo.
Hechos posteriores
Al aplicar la NIA 560,²⁸ el auditor del grupo asumirá la responsabilidad de llevar a cabo procedimientos, incluyendo, en su caso, solicitar a los auditores de los componentes que realicen procedimientos, diseñados para identificar hechos que puedan requerir ajustes o revelación en los estados financieros del grupo.
Consideraciones cuando participan los auditores de los componentes
El auditor del grupo solicitará a los auditores de los componentes que notifiquen al auditor del grupo si tienen conocimiento de hechos posteriores al cierre que puedan requerir ajustes o revelación en los estados financieros del grupo.
Evaluación de la suficiencia y adecuación de la evidencia de auditoría obtenida
Al aplicar la NIA 330,²⁹ el auditor del grupo evaluará si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada de los procedimientos de auditoría realizados, incluidos los del trabajo realizado por los auditores de los componentes, sobre los cuales fundamentar la opinión de auditoría.
El socio del encargo del grupo evaluará el efecto sobre la opinión de auditoría del grupo de cualquier incorrección no corregida (identificada por el equipo del encargo del grupo o comunicada por los auditores de un componente) y de cualquier situación en la que no se haya podido obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada.
Informe del auditor
El informe de auditoría sobre los estados financieros del grupo no hará referencia al auditor de un componente a menos que las disposiciones legales o reglamentarias requieran incluir dicha mención. Si dicha mención es obligatoria en aplicación de disposiciones legales o reglamentarias, en el informe de auditoría se indicará que la mención realizada no reduce la responsabilidad del socio del encargo del grupo o de la firma de auditoría a la que pertenece el socio del encargo del grupo, en relación con la opinión de auditoría sobre el grupo.
Comunicación con la dirección del grupo y con los responsables del gobierno de la entidad del grupo
Comunicación con la dirección del grupo
El auditor del grupo comunicará a la dirección del grupo una descripción general del alcance y el momento de realización planificados para la auditoría, incluida una descripción general del trabajo que se realizará en los componentes del grupo.
En el caso de que el auditor del grupo haya detectado la existencia de fraude, o de que el auditor de un componente haya comunicado la existencia de fraude (véase el apartado 45(h)), o la información indique que puede existir un fraude, el auditor del grupo lo comunicará, en el momento oportuno, al nivel apropiado de la dirección del grupo, para informar a aquellos que tengan la responsabilidad principal de la prevención y detección del fraude sobre cuestiones que entran en sus responsabilidades.
El auditor de un componente puede estar obligado por las disposiciones legales o reglamentarias, o por otro motivo, a expresar una opinión de auditoría sobre los estados financieros de una entidad o unidad de negocios que forma parte de un grupo. En este caso, el auditor del grupo solicitará a la dirección del grupo que informe a la dirección de la entidad o de la unidad de negocios de cualquier cuestión que llegue a conocimiento del auditor del grupo y que pueda ser significativa para los estados financieros de la entidad o de la unidad de negocios, pero que la dirección de este último pueda desconocer. Si la dirección del grupo rehúsa comunicar dicha cuestión a la dirección de la entidad o unidad de negocios, el auditor del grupo discutirá la cuestión con los responsables del gobierno del grupo. Si la cuestión permanece sin resolver, el auditor del grupo, sin perjuicio de las restricciones legales y profesionales de confidencialidad, considerará la posibilidad de recomendar al auditor del componente que no emita su informe de auditoría sobre los estados financieros de dicho componente hasta que la cuestión se resuelva.
Comunicación con los responsables del gobierno del grupo
El auditor del grupo comunicará lo siguiente a los responsables del gobierno del grupo, además de lo requerido por la NIA 260 (Revisada)³⁰ y otras NIA:
Comunicación de deficiencias identificadas en el control interno
Al aplicar la NIA 265,³¹ el auditor del grupo deberá determinar si se requiere que se comuniquen las deficiencias identificadas en el sistema de control interno del grupo a los responsables del gobierno del grupo o a la dirección del grupo. Al tomar esta determinación, el auditor del grupo considerará las deficiencias en el control interno que hayan sido identificadas por los auditores de los componentes y comunicadas al auditor del grupo de conformidad con el apartado 45(g).
Documentación
De conformidad con la NIA 230,³² la documentación de auditoría para un encargo de auditoría de un grupo debe ser suficiente para permitir que un auditor experimentado, que no tenga conexión previa con la auditoría, comprenda la naturaleza, oportunidad y el alcance de los procedimientos de auditoría realizados, la evidencia obtenida, y las conclusiones alcanzadas con respecto a las cuestiones significativas surgidas durante la auditoría del grupo. Al aplicar la NIA 230,³³ el auditor deberá incluir en la documentación de auditoría:
Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas
Alcance de esta NIA
Esta NIA también trata las consideraciones especiales para el socio del encargo del grupo o el auditor del grupo, según corresponda, al aplicar los requerimientos y la guía de la NIA 220 (Revisada), incluida la dirección y supervisión de los auditores de los componentes y la revisión de su trabajo.
La NIGC 134 trata los encargos para los que se requiere realizar una revisión de la calidad del encargo. La NIGC 235 trata la designación y la elegibilidad del revisor de la calidad del encargo y las responsabilidades del revisor de la calidad del encargo relacionadas con la realización y la documentación de una revisión de la calidad del encargo, incluida la de una auditoría de grupo.
Una entidad o unidad de negocio de un grupo también puede preparar sus propios estados financieros de grupo que incorporen la información financiera de las entidades o unidades de negocio que lo conforman (es decir, un subgrupo). Esta NIA aplica a una auditoría de los estados financieros de grupo de dichos subgrupos realizada por motivos legales, reglamentarios o de otro tipo.
Una sola entidad legal puede estar organizada con más de una unidad de negocio, por ejemplo, una empresa con operaciones en múltiples ubicaciones, tal como un banco con muchas sucursales. Cuando esas unidades de negocio tienen características tales como ubicaciones separadas, dirección separada o sistemas de información separados (incluido un libro mayor separado) y la información financiera se agrega al preparar los estados financieros de la entidad legal única, dichos estados financieros cumplen con la definición de estados financieros de grupo porque incluyen la información financiera de más de una entidad o unidad de negocio a través de un proceso de consolidación.
En algunos casos, una sola entidad legal puede configurar su sistema de información para capturar información financiera para más de un producto o línea de servicio para informes legales o reglamentarios u otros fines de gestión. En estas circunstancias, los estados financieros de la entidad no son estados financieros de grupo porque no hay agregación de la información financiera de más de una entidad o unidad de negocio a través de un proceso de consolidación. Además, la captura de información separada (por ejemplo, en un libro mayor auxiliar) para informes legales o reglamentarios u otros fines de gestión no crea entidades o unidades de negocio separadas (por ejemplo, divisiones) para los fines de esta NIA.
Grupos y componentes
El sistema de información del grupo, incluido su proceso de información financiera, puede o no estar alineado con la estructura organizacional del grupo. Por ejemplo, un grupo puede estar organizado de acuerdo con su estructura legal, pero su sistema de información puede estar organizado por función, proceso, producto o servicio (o por grupos de productos o servicios), o ubicaciones geográficas con fines de control o presentación de informes.
Con base en el conocimiento de la estructura organizacional y el sistema de información del grupo, el auditor del grupo puede determinar que la información financiera de ciertas entidades o unidades de negocio puede considerarse en conjunto para efectos de la planificación y ejecución de los procedimientos de auditoría. Por ejemplo, un grupo puede tener tres entidades legales con características comerciales similares, operando en la misma ubicación geográfica, bajo la misma dirección y utilizando un sistema común de control interno, incluido el sistema de información. En estas circunstancias, el auditor del grupo puede decidir tratar estas tres entidades legales como un componente.
Un grupo también puede centralizar actividades o procesos que son aplicables a más de una entidad o unidad de negocio dentro del grupo, por ejemplo, mediante el uso de un centro de servicios compartidos. Cuando tales actividades centralizadas son relevantes para el proceso de información financiera del grupo, el auditor del grupo puede determinar que el centro de servicios compartidos es un componente.
Otra consideración que puede ser relevante para la determinación de los componentes por parte del auditor del grupo es cómo la dirección ha determinado los segmentos operativos de acuerdo con los requerimientos de información a revelar del marco de información financiera aplicable.36
Participación de los auditores de los componentes
Los auditores de los componentes pueden realizar una auditoría de los estados financieros de un componente, ya sea por razones legales, reglamentarias o de otro tipo, particularmente cuando un componente es una entidad legal. Cuando el auditor de un componente también está realizando o ha completado una auditoría de los estados financieros del componente, el auditor del grupo puede utilizar el trabajo de auditoría realizado en los estados financieros del componente, siempre que el auditor del grupo esté satisfecho de que dicho trabajo es adecuado para los fines de la auditoría de grupo. Además, los auditores de los componentes pueden adaptar el trabajo realizado en la auditoría de los estados financieros de los componentes para satisfacer también las necesidades del auditor del grupo. En cualquier caso, se aplican los requerimientos de esta NIA, incluidos los relacionados con la dirección y supervisión de los auditores de los componentes y la revisión de su trabajo.
De conformidad con la NIA 220 (Revisada),37 se requiere que el socio del encargo determine que el enfoque de la dirección, supervisión y revisión responde a la naturaleza y circunstancias del encargo de auditoría. El apartado A76 proporciona ejemplos de diferentes formas en las que el socio del encargo del grupo puede asumir la responsabilidad de dirigir y supervisar a los auditores de los componentes y revisar su trabajo, y puede ser útil en circunstancias en las que el auditor del grupo tiene previsto utilizar el trabajo de auditoría de una auditoría de los estados financieros de los componentes. que ya se ha completado.
Como se explica en la NIA 200,38 el riesgo de detección está relacionado con la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría que el auditor determine con el fin de reducir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo. El riesgo de detección es una función no solo de la eficacia de un procedimiento de auditoría, sino también de la aplicación de ese procedimiento por parte del auditor. Por tanto, en el riesgo de detección influyen cuestiones como la adecuada planificación, la asignación de los recursos adecuados al encargo, el ejercicio del escepticismo profesional y la supervisión y revisión del trabajo de auditoría realizado.
El riesgo de detección es un concepto más amplio que el riesgo de agregación, tal como se describe en los apartados 14(a) y A19. En una auditoría de grupo, puede haber una mayor probabilidad de que la suma de las incorrecciones no corregidas y no detectadas supere la materialidad para los estados financieros del grupo en su conjunto porque los procedimientos de auditoría pueden aplicarse por separado a la información financiera de los componentes del grupo. En consecuencia, el auditor del grupo establece la materialidad de ejecución del trabajo de los componentes para reducir el riesgo de agregación a un nivel adecuadamente bajo.
Escepticismo profesional
La NIA 220 (Revisada)39 proporciona ejemplos de los impedimentos para el ejercicio del escepticismo profesional en el encargo, incluidos los sesgos inconscientes del auditor que pueden impedir el ejercicio del escepticismo profesional al diseñar y aplicar procedimientos de auditoría y evaluar la evidencia de auditoría. La NIA 220 (Revisada) también proporciona las posibles acciones que el equipo del encargo puede tomar para mitigar los impedimentos para el ejercicio del escepticismo profesional en el encargo.
Los requerimientos y la guía de aplicación establecidos en la NIA 315 (Revisada 2019),40 en la NIA 540 (Revisada),41 y en otras NIA tratan el ejercicio del escepticismo profesional e incluyen ejemplos de cómo la documentación puede proporcionar evidencia del ejercicio del escepticismo profesional por parte del auditor.
Se requiere que todos los miembros del equipo del encargo utilicen el escepticismo profesional durante la auditoría de grupo. La dirección y la supervisión del auditor del grupo hacia los miembros del equipo del encargo, incluidos los auditores de los componentes, y la revisión de su trabajo, pueden darle al auditor del grupo información o evidencia sobre si el equipo del encargo ha ejercido adecuadamente el escepticismo profesional.
El ejercicio del escepticismo profesional en una auditoría de grupo se puede ver afectado por cuestiones como las siguientes:
El ejercicio del escepticismo profesional por parte del auditor del grupo incluye permanecer alerta a la información inconsistente proporcionada por el auditor del componente, por la dirección del componente y por la dirección del grupo sobre cuestiones que pueden ser significativas para los estados financieros del grupo.
Definiciones
Riesgo de agregación (Ref.: Apartado 14(a))
El riesgo de agregación existe en todas las auditorías de estados financieros, pero es particularmente importante comprenderlo y abordarlo en una auditoría de grupo porque existe una mayor probabilidad de que los procedimientos de auditoría se realicen en clases de transacciones, saldos de cuenta o información a revelar que están desagregados entre componentes. Generalmente, el riesgo de agregación aumenta a medida que aumenta el número de los componentes en los que los procedimientos de auditoría se realizan por separado, ya sea por los auditores de los componentes o por otros miembros del equipo del encargo.
Componente (Ref.: Apartado 14(b))
El auditor del grupo utiliza su juicio profesional para determinar en qué componentes se realizará trabajo de auditoría. El apartado A7 explica que la información financiera de ciertas entidades o unidades de negocio puede considerarse en conjunto para fines de planificación y ejecución de los procedimientos de auditoría. Sin embargo, la responsabilidad del auditor del grupo en la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo abarca a todas las entidades y unidades de negocio cuya información financiera se incluye en los estados financieros del grupo.
Auditor de un componente (Ref.: Apartado 14(c))
Las referencias en esta NIA al equipo del encargo incluyen al auditor del grupo y a los auditores de los componentes. Los auditores de los componentes pueden ser de una firma de la red, una firma que no sea una firma de la red o la firma del auditor del grupo (por ejemplo, otra oficina dentro de la firma del auditor del grupo).
En algunas circunstancias, el auditor del grupo puede realizar pruebas centralizadas sobre clases de transacciones, saldos de cuentas o información a revelar, o puede realizar procedimientos de auditoría relacionados con un componente. En estas circunstancias, el auditor del grupo no se considera un auditor del componente.
El apartado 24 requiere que el auditor del grupo solicite al auditor del componente que confirme que el auditor del componente cooperará con el auditor del grupo, y que el auditor del componente realizará el trabajo solicitado por el auditor del grupo. El apartado A58 proporciona orientación en las circunstancias en las que el auditor del componente no es capaz de proporcionar esa confirmación.
Dirección de un componente (Ref.: Apartado 14(d))
La dirección del componente se refiere a la dirección responsable de la información financiera u otra actividad (por ejemplo, el procesamiento de transacciones en un centro de servicios compartidos) en una entidad o unidad de negocio que forma parte del grupo. Cuando el auditor del grupo considera la información financiera de ciertas entidades o unidades de negocio en conjunto, tal como un componente, o determina que un centro de servicios compartidos es un componente (véanse los apartados A7-A8), la dirección del componente se refiere a la dirección que es responsable de la información financiera o procesamiento de transacciones que está sujeta a los procedimientos de auditoría que se están realizando en relación con ese componente. En algunas circunstancias, puede que no haya una dirección de los componentes separada y la dirección del grupo puede ser directamente responsable de la información financiera u otras actividades del componente.
Socio del encargo del grupo (Ref.: Apartado 14(j))
Cuando auditores conjuntos actúan en la auditoría del grupo, los socios conjuntos responsables del encargo y sus equipos del encargo constituirán, de forma colectiva, “el socio del encargo del grupo” y “el equipo del encargo del grupo”, para la finalidad de la NIA. Esta NIA, sin embargo, no trata la relación entre los auditores conjuntos o el trabajo que un auditor conjunto realiza en relación con el trabajo del otro auditor conjunto para la finalidad de la auditoría del grupo.
Estados financieros del grupo (Ref.: Apartado 2, 14(k))
Los requerimientos para la preparación y presentación de los estados financieros del grupo pueden especificarse en el marco de información financiera aplicable, lo que puede afectar, por tanto, a la determinación de la información financiera de las entidades o unidades de negocio a incluir en los estados financieros del grupo. Por ejemplo, algunos marcos requieren la preparación de estados financieros consolidados cuando una entidad (una entidad controladora) controla una o más entidades (por ejemplo, subsidiarias) a través de una participación mayoritaria u otras formas. En algunos casos, el marco de información financiera aplicable incluye requerimientos separados para, o lo permite de otra manera, la presentación de estados financieros combinados. Los ejemplos de circunstancias en las que se puede permitir la presentación de estados financieros combinados incluyen entidades que no tienen una controladora, pero están bajo control común o entidades bajo dirección en común.
El término “proceso de consolidación” como se utiliza en esta NIA, no pretende tener el mismo significado que “consolidación” o “estados financieros consolidados” tal como se define o describe en los marcos de información financiera. Más bien, el término “proceso de consolidación” se refiere más ampliamente al proceso utilizado para preparar los estados financieros del grupo.
Los aspectos detallados del proceso de consolidación varían de un grupo a otro, dependiendo de la estructura y del sistema de información del grupo, incluido el proceso de información financiera. Sin embargo, un proceso de consolidación implica consideraciones, tales como la eliminación de transacciones y saldos intragrupo y, en su caso, las implicaciones de diferentes periodos de información para las entidades o unidades de negocio incluidas en los estados financieros del grupo.
Responsabilidades del liderazgo para gestionar y alcanzar la calidad en una auditoría de grupo
Puede que no sea posible o práctico que solo el socio del encargo del grupo atienda todos los requerimientos de la NIA 220 (Revisada), en particular cuando el equipo del encargo incluye un gran número de auditores de los componentes ubicados en múltiples ubicaciones. Al gestionar la calidad del encargo, la NIA 220 (Revisada)43 permite al socio del encargo asignar el diseño o la ejecución de procedimientos, tareas o acciones a otros miembros del equipo del encargo para ayudar al socio del encargo. En consecuencia, el socio del encargo del grupo puede asignar procedimientos, tareas o acciones a otros miembros del equipo del encargo y estos miembros pueden asignar más procedimientos, tareas o acciones. En esas circunstancias, la NIA 220 (Revisada) exige que el socio del encargo continúe asumiendo la responsabilidad general de gestionar y lograr la calidad en el encargo de auditoría.
Las políticas o procedimientos establecidos por la firma de auditoría, o los que son requerimientos comunes de la red o servicios de la red,44 pueden apoyar al socio del encargo del grupo al facilitar la comunicación entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes y apoyar a la dirección y supervisión del auditor del grupo de esos auditores de los componentes y la revisión de su trabajo.
La NIA 220 (Revisada)45 explica que una cultura que demuestra el compromiso con la calidad está más formada y reforzada por los miembros del equipo del encargo, ya que demuestran las conductas esperadas al realizar el encargo. Al abordar los requerimientos del apartado 16(a), el socio del encargo del grupo se puede comunicar directamente con otros miembros del equipo del encargo y reforzar esta comunicación a través de la conducta y acciones personales (por ejemplo, predicar con el ejemplo).
Aceptación y continuidad
Determinar si se puede esperar razonablemente obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada (Ref.: Apartados 17–18)
Al determinar si se puede esperar razonablemente obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, el socio del encargo del grupo puede obtener conocimiento de cuestiones tales como:
En el caso de un encargo de auditoría inicial del grupo, el conocimiento del auditor del grupo de las cuestiones del apartado A32 puede obtenerse de:
Para un encargo recurrente, la capacidad para obtener evidencia de auditoría adecuada y suficiente puede verse afectada por cambios significativos, por ejemplo:
Puede haber complejidades adicionales con la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada en una auditoría de grupo, cuando los componentes están ubicados en jurisdicciones distintas a la jurisdicción del auditor del grupo debido a diferencias culturales y de idioma y diferentes leyes o regulaciones. Por ejemplo, la ley o la regulación pueden restringir que el auditor del componente proporcione documentación fuera de su jurisdicción, o una guerra, disturbios civiles o brotes de enfermedades pueden restringir el acceso del auditor del grupo a la documentación relevante de auditoría del auditor del componente. El apartado A180 incluye posibles formas de abordar estas situaciones.
Pueden imponerse restricciones después de que el socio del encargo del grupo acepte el encargo de auditoría del grupo que pueden afectar a la capacidad del equipo del encargo para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada. Tales restricciones pueden incluir aquellas que afectan:
Acuerdo de los términos de los encargos de auditoría (Ref.: Apartado 19)
La NIA 21046 requiere que el auditor acuerde los términos del encargo de auditoría con la dirección o con los responsables del gobierno de la entidad, según corresponda. En los términos del encargo se identifica el marco de información financiera aplicable. Adicionalmente, en los términos de un encargo de auditoría de grupo pueden incluirse cuestiones adicionales, tales como:
Restricciones sobre el acceso a información o a individuos (Ref.: Apartados 20–21)
Las restricciones al acceso a información o a individuos no eliminan el requerimiento para que el auditor del grupo obtenga evidencia de auditoría suficiente y adecuada.
El acceso a información o individuos puede estar restringido por diversas razones, tales como, restricciones impuestas por la dirección del componente, leyes o regulaciones u otras condiciones, por ejemplo, guerra, disturbios civiles o brotes de enfermedades. El apartado A180 describe cómo el auditor del grupo puede superar estas restricciones a la documentación de auditoría del auditor del componente.
En algunas circunstancias, el auditor del grupo puede superar las restricciones al acceso a información o individuos, por ejemplo:
Si el grupo tiene una participación no controladora en una entidad que se contabiliza mediante el método de participación y el acceso del auditor del grupo a información o individuos en la entidad está restringido, el auditor del grupo puede obtener información que se utilizará como prueba de auditoría en relación con la información financiera de la entidad, por ejemplo:
Es una cuestión de juicio profesional, en particular en vista de los riesgos valorados de incorrección material de los estados financieros del grupo y considerando otras fuentes de información que puedan corroborar o contribuir de otra manera a la evidencia de auditoría obtenida, si el auditor puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada.47
Si el grupo tiene una participación no controladora en una entidad que se contabiliza mediante el método de participación y el acceso a información o individuos es restringido, el auditor del grupo puede considerar si esas restricciones son inconsistentes con las afirmaciones de la dirección del grupo en referencia a lo adecuado del uso del método contable de participación.
Cuando del auditor del grupo no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada debido a restricciones al acceso a información o individuos, el auditor del grupo:
Las restricciones al acceso pueden tener otras implicaciones para la auditoría del grupo. Por ejemplo, si las restricciones son impuestas por la dirección del grupo, el auditor del grupo puede necesitar reconsiderar la fiabilidad de las respuestas de la dirección del grupo sobre los cuestionamientos del auditor y si las restricciones ponen en duda la integridad de la dirección del grupo.
Efecto de las restricciones al acceso a la información o a individuos en el informe de auditoría sobre los estados financieros del grupo (Ref.: Apartados 20–21)
La NIA 705 (Revisada)48 contiene requerimientos y orientación sobre cómo abordar situaciones en las que el auditor del grupo no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada. El Anexo 1 contiene un ejemplo de informe de auditoría que contiene una opinión de auditoría de grupo con salvedades basada en la limitación del auditor de grupo para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en relación con un componente que se contabiliza por el método de participación.
Las disposiciones legales o reglamentarias prohíben al socio del encargo del grupo rechazar o renunciar a un encargo (Ref.: Apartados 20–21)
Las disposiciones legales o reglamentarias pueden prohibir al socio del encargo del grupo rechazar o renunciar a un encargo. Por ejemplo, en algunas jurisdicciones se nombra al auditor para un periodo específico y se le prohíbe renunciar antes de la finalización de dicho periodo. Asimismo, en el sector público, debido a la naturaleza del mandato o a consideraciones de interés público, el auditor puede no tener la opción de rechazar o renunciar a un encargo. En estas circunstancias, los requerimientos de esta NIA siguen siendo aplicables a la auditoría del grupo y el efecto de la imposibilidad del auditor del grupo de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada se aborda en la NIA 705 (Revisada).
Estrategia global de auditoría del grupo y plan de auditoría del grupo
La naturaleza continua e iterativa de la planificación y realización de una auditoría de grupo (Ref.: Apartado 22)
Como se explica en la NIA 300,49 la planificación no es una fase diferenciada de la auditoría, sino un proceso continuo y repetitivo que a menudo comienza poco después de (o enlazando con) la finalización de la auditoría anterior y continúa hasta la finalización del encargo de auditoría actual. Por ejemplo, debido a hechos inesperados, cambios en las condiciones o evidencia de auditoría obtenida de la valoración del riesgo o de procedimientos de auditoría adicionales, el auditor del grupo puede necesitar modificar la estrategia general de auditoría del grupo y el plan de auditoría del grupo y la naturaleza planificada resultante, la oportunidad y el alcance de los procedimientos de auditoría adicionales, con base en la consideración revisada de los riesgos valorados. El auditor del grupo también puede modificar la determinación de los componentes en los cuales realizar el trabajo de auditoría, así como la naturaleza, oportunidad y alcance de la participación de los auditores de los componentes. La NIA 30050 requiere que el auditor actualice y cambie la estrategia general de auditoría y el plan de auditoría, según sea necesario, durante el curso la auditoría.
Establecer la estrategia general de auditoría y el plan de auditoría del grupo (Ref.: Apartado 22)
En un encargo inicial de auditoría de grupo, el auditor del grupo puede tener un conocimiento preliminar del grupo y su entorno, el marco de información financiera aplicable y el sistema de control interno de la entidad sobre la base de la información obtenida de la dirección del grupo, los responsables del gobierno del grupo y, en su caso, la comunicación con la dirección del componente o el auditor antecesor. En un trabajo de auditoría de grupo recurrente, el entendimiento preliminar del auditor del grupo puede obtenerse a través de auditorías de periodos anteriores. Este conocimiento preliminar puede ayudar al auditor del grupo a desarrollar expectativas iniciales sobre las clases de transacciones, cuentas contables e información a revelar que puede ser significativa.
El auditor del grupo también puede utilizar la información obtenida durante el proceso de aceptación y continuidad del encargo para establecer la estrategia general de auditoría del grupo y el plan de auditoría del grupo, por ejemplo, en relación con los recursos necesarios para realizar la auditoría del grupo.
El proceso de establecer la estrategia general de auditoría y el plan de auditoría del grupo y las expectativas iniciales sobre las clases de transacciones, saldos de cuenta e información a revelar que pueden ser significativas en los estados financieros del grupo puede ayudar al auditor del grupo a desarrollar una determinación preliminar de cuestiones tales como:
Componentes en los cuales realizar trabajo de auditoría (Ref.: Apartado 22(a))
La determinación de los componentes sobre los cuales realizar trabajo de auditoría es una cuestión de juicio profesional. Las cuestiones que pueden influenciar la determinación del auditor del grupo incluyen, por ejemplo:
Recursos (Ref.: Apartado 22(b))
Las cuestiones que influyen en la determinación, por parte del auditor del grupo, de los recursos necesarios para realizar la auditoría del grupo y la naturaleza, oportunidad y alcance de la participación de los auditores de los componentes son una cuestión de juicio profesional y pueden incluir, por ejemplo:
Los auditores de los componentes pueden participar en diferentes fases de una auditoría, por ejemplo, los auditores de los componentes pueden diseñar o llevar a cabo:
La naturaleza, oportunidad y alcance de la participación de los auditores de los componentes dependen de los hechos y circunstancias del encargo de auditoría del grupo. A menudo, los auditores de los componentes estarán involucrados en todas las fases de la auditoría, pero el auditor del grupo puede decidir involucrar a los auditores de los componentes solo en una determinada fase. Cuando el auditor del grupo no tiene la intención de involucrar a los auditores de los componentes en los procedimientos de valoración de riesgos, el auditor del grupo aún puede discutir con los auditores de los componentes si hay cambios significativos en el negocio o en el sistema de control interno del componente que podría tener un efecto en el riesgo de incorrección material en los estados financieros del grupo.
La NIA 30052 requiere que el socio del encargo y otros miembros clave del equipo del encargo participen en la planificación de la auditoría. Cuando los auditores de los componentes están involucrados, una o más personas de un auditor del componente pueden ser miembros clave del equipo del encargo y, por lo tanto, estar involucrados en la planificación de la auditoría del grupo. La participación de los auditores de los componentes en la planificación de la auditoría se basa en su experiencia y conocimiento, lo que mejora la eficacia y la eficiencia del proceso de planificación. El socio del encargo del grupo utiliza su juicio profesional para determinar qué auditores de los componentes involucrar en la planificación de la auditoría. Esto puede verse afectado por la naturaleza, oportunidad y alcance en que se espera que los auditores de los componentes participen en el diseño y realización de la valoración de riesgos o de procedimientos de auditoría adicionales.
Como se describe en la NIGC 1,53 puede haber otras circunstancias en las que los honorarios cotizados para un encargo no son suficientes dada la naturaleza y las circunstancias del encargo y puede disminuir la capacidad de la firma para realizar el encargo, de conformidad con las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables. El nivel de los honorarios, incluida su asignación a los auditores de los componentes, y la medida en que se relacionan con los recursos necesarios puede ser una consideración especial para los encargos de auditoría de grupo. Por ejemplo, en una auditoría de grupo, las prioridades financieras y operativas de la firma de auditoría pueden imponer limitaciones en la determinación de los componentes en los que se realizará el trabajo de auditoría, así como los recursos necesarios, incluida la participación de los auditores de los componentes. En esas circunstancias, esas limitaciones no anulan la responsabilidad del socio del encargo del grupo de lograr la calidad en el encargo o los requerimientos para que el auditor del grupo obtenga evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la cual fundamentar la opinión de auditoría del grupo.
Consideraciones cuando participan los auditores de los componentes
Participación suficiente y adecuada en el trabajo del auditor del componente (Ref.: Apartados 23–24)
Al evaluar si el auditor del grupo podrá participar de manera suficiente y adecuada en el trabajo del auditor del componente, el auditor del grupo puede obtener un conocimiento sobre si el auditor del componente está sujeto a restricciones que limitan la comunicación con el auditor del grupo, incluyendo el compartir la documentación de auditoría con el auditor del grupo. El auditor del grupo también puede obtener conocimiento sobre si la evidencia de auditoría correspondiente a los componentes ubicados en una jurisdicción diferente puede estar en un idioma distinto y puede ser necesario traducirla para su uso por parte del auditor del grupo.
Si el auditor del componente no puede cooperar con el auditor del grupo, el auditor del grupo puede:
Requerimientos de ética relevantes incluidos aquellos relacionados con la independencia (Ref.: Apartado 25)
Al realizar trabajo en un componente para un encargo de auditoría del grupo, el auditor del componente está sujeto a los requerimientos de ética, incluidos los relativos a la independencia, que sean aplicables al encargo de auditoría del grupo. Esos requerimientos pueden ser diferentes o adicionales a los que se aplican al auditor del componente cuando realiza una auditoría de estados financieros de una entidad o unidad de negocio que forma parte del grupo por razones legales, reglamentarias o de otro tipo en la jurisdicción del auditor del componente.
Al sensibilizar a los auditores de los componentes sobre los requerimientos de ética relevantes, el auditor del grupo puede considerar si es necesaria información o capacitación adicional para los auditores de los componentes con respecto a las disposiciones de los requerimientos de ética relevantes para el encargo de auditoría del grupo.
Recursos del encargo (Ref.: Apartado 26)
La NIA 220 (Revisada)54 requiere que el socio del encargo determine que los recursos para realizar el encargo son suficientes y adecuados y se asignan o están disponibles para el equipo del encargo de manera oportuna. Cuando no se ponen a disposición recursos suficientes o adecuados, en relación con el trabajo que debe realizar el auditor de un componente, el socio del encargo del grupo puede discutir el asunto con el auditor del componente, la dirección del grupo o la firma del auditor del grupo y, posteriormente, puede solicitar al auditor del componente o a la firma de auditoría del grupo poner a disposición recursos suficientes y adecuados.
Competencia y capacidades de los auditores de los componentes
La NIA 220 (Revisada)55 proporciona orientación sobre cuestiones que el socio del encargo puede considerar al determinar la competencia y capacidades del equipo del encargo. Esta determinación es particularmente importante en una auditoría de grupo cuando el equipo del encargo incluye auditores de los componentes. La NIA 220 (Revisada)56 indica que las políticas o procedimientos de la firma de auditoría pueden requerir que la firma o el socio del encargo tomen medidas diferentes de las aplicables al personal al obtener un conocimiento sobre si el auditor de un componente de otra firma tiene la competencia y las capacidades adecuadas para realizar el encargo de auditoría.
Determinar si los auditores de los componentes tienen la competencia y capacidades adecuadas es una cuestión de juicio profesional, ya que está influenciada por la naturaleza y circunstancias del encargo de auditoría del grupo. Esta determinación influye en la naturaleza, oportunidad y alcance de la dirección y supervisión del socio del encargo del grupo sobre el auditor del componente y la revisión de su trabajo.
Al determinar si los auditores de los componentes tienen la competencia y las capacidades adecuadas para realizar los procedimientos de auditoría asignados en el componente, el socio del encargo del grupo puede considerar cuestiones tales como:
Los procedimientos para determinar la competencia y capacidad del auditor del componente pueden incluir, por ejemplo:
La firma de auditoría del socio del encargo del grupo y el auditor del componente pueden ser miembros de la misma red y pueden estar sujetos a requerimientos de la red comunes o utilizar servicios de la red comunes.59 Al determinar si los auditores de los componentes tienen la competencia y las capacidades adecuadas para realizar el trabajo en apoyo al encargo de auditoría del grupo, el socio del encargo del grupo puede depender de esos requerimientos de la red, por ejemplo, aquellos que abordan la formación profesional o la contratación, o que requieren el uso de metodologías de auditoría y herramientas de implementación relacionadas. De conformidad con la NIGC 1,60 la firma de auditoría es responsable por el diseño, implementación y operación de su sistema de gestión de la calidad, y la firma puede necesitar adaptar o complementar los requerimientos de la red o los servicios de la red para que sean adecuados para su uso en su sistema de gestión de la calidad.
Utilización del trabajo de un experto del auditor
La NIA 220 (Revisada)61 requiere que el socio del encargo determine que los miembros del equipo del encargo, así como cualquier experto del auditor que no forme parte del equipo del encargo, reúnan, en su conjunto, la competencia y las capacidades adecuadas, incluyendo el tiempo suficiente para realizar el encargo de auditoría. Si un experto del auditor es utilizado por el auditor del componente, el socio del encargo del grupo puede requerir obtener información del auditor del componente sobre el experto. Por ejemplo, el auditor del grupo puede comentar con el auditor del componente la evaluación por parte del auditor del componente sobre la capacidad y habilidades del experto del auditor.
Herramientas y técnicas automatizadas
Al determinar si el equipo del encargo tiene la competencia y las capacidades adecuadas, el socio del encargo del grupo puede tener en cuenta cuestiones tales como la experiencia del auditor del componente en el uso de herramientas y técnicas automatizadas. Por ejemplo, como se describe en la NIA 220 (Revisada),62 cuando el auditor del grupo requiere que los auditores de los componentes utilicen herramientas y técnicas automatizadas específicas al realizar los procedimientos de auditoría, el auditor del grupo puede comunicar a los auditores de los componentes que el uso de dichas herramientas y técnicas automatizadas debe cumplir con las instrucciones del auditor del grupo.
Aplicación del conocimiento del auditor del grupo relativo al auditor de un componente (Ref.: Apartado 27)
La NIA 220 (Revisada)63 requiere que el socio del encargo asuma la responsabilidad de que todos los demás miembros del equipo del encargo hayan sido informados de los requerimientos de ética relevantes que son aplicables, dada la naturaleza y las circunstancias del encargo de auditoría y las políticas o procedimientos relacionados de la firma. Esto incluye las políticas o procedimientos de la firma de auditoría que abordan las circunstancias que pueden causar un incumplimiento de los requerimientos de ética relevantes, incluidos los relacionados con la independencia y las responsabilidades de los miembros del equipo del encargo cuando tienen conocimiento de incumplimientos. Las políticas o procedimientos de la firma también pueden abordar los incumplimientos de los requerimientos de independencia por parte de los auditores de los componentes y las acciones que el auditor del grupo puede tomar en esas circunstancias, de conformidad con los requerimientos de ética relevantes. Además, los requerimientos éticos relevantes o la ley o regulación también pueden especificar comunicaciones particulares con los responsables del gobierno de la entidad en circunstancias en las que se ha identificado incumplimiento de los requerimientos de independencia.64
Si ha habido un incumplimiento por parte del auditor de un componente de los requisitos de ética relevantes que se aplican al encargo de auditoría del grupo, incluidos los relacionados con la independencia, y el incumplimiento no se ha abordado satisfactoriamente de conformidad con las disposiciones de los requisitos de ética relevantes, el auditor del grupo no puede utilizar el trabajo del auditor de ese componente.
Las preocupaciones serias son aquellas que, conforme al juicio profesional del auditor, del grupo no pueden ser superadas. El socio del encargo del grupo puede ser capaz de superar preocupaciones menos que serias sobre la competencia profesional del auditor del componente (por ejemplo, falta de conocimiento específico del sector), o el hecho de que el auditor del componente no opera en un entorno que supervisa activamente a los auditores, por medio de la participación del auditor del grupo en el trabajo del auditor del componente o al realizar directamente procedimientos de auditoría adicionales sobre la información financiera del componente.
Realización del Encargo
La NIA 220 (Revisada)65 requiere que el socio del encargo determine que la naturaleza, oportunidad y alcance de la dirección, la supervisión y la revisión se planifiquen y realicen de conformidad con las políticas o procedimientos de la firma, las normas profesionales y los requerimientos legales y regulatorios aplicables, y respondan a la naturaleza y circunstancias del encargo de auditoría y los recursos asignados o puestos a disposición del equipo del encargo. Para una auditoría de grupo, el enfoque de dirección, supervisión y revisión generalmente incluirá una combinación de abordar las políticas o procedimientos de la firma de auditoría del grupo y respuestas específicas del encargo de auditoría del grupo.
Para una auditoría de grupo, particularmente cuando el equipo del encargo incluye un gran número de auditores de los componentes que pueden estar ubicados en múltiples ubicaciones, el socio del encargo del grupo puede asignar el diseño o la ejecución de procedimientos, tareas o acciones a otros miembros del equipo del encargo para ayudar al socio del encargo del grupo en el cumplimiento de la responsabilidad por la naturaleza, oportunidad y alcance de la dirección y supervisión de los auditores de los componentes y la revisión de su trabajo (véase también el apartado 11).
Si los auditores de los componentes pertenecen a una firma de auditoría distinta a la firma del auditor del grupo, las políticas o procedimientos de la firma pueden ser diferentes, o es posible que sea necesario tomar diferentes medidas, respectivamente, en relación con la naturaleza, oportunidad y alcance de la dirección y supervisión de esos miembros del equipo del encargo y la revisión de su trabajo. En particular, las políticas o procedimientos de la firma de auditoría pueden requerir que la firma o el socio del encargo del grupo lleven a cabo diferentes acciones de las aplicables a los miembros del equipo del encargo dentro de la firma o red de la firma (por ejemplo, en relación con la forma, el contenido y la oportunidad de las comunicaciones con los auditores de los componentes, incluido el uso de instrucciones del auditor del grupo para los auditores de los componentes). La NIA 220 (Revisada) proporciona ejemplos de acciones que pueden llevarse a cabo en esas circunstancias.66
La naturaleza, oportunidad y alcance de la dirección y supervisión de los auditores de los componentes y la revisión de su trabajo puede adaptarse en función de la naturaleza y circunstancias del encargo y, por ejemplo:
Existen diferentes formas en las que el socio del encargo del grupo puede asumir la responsabilidad de dirigir y supervisar a los auditores de los componentes y revisar su trabajo, por ejemplo:
Al aplicar la NIA 220 (Revisada),67 se requiere que el socio del encargo del grupo revise la documentación de la auditoría en momentos apropiados durante el encargo de auditoría, incluida la documentación de auditoría relevante para la auditoría del grupo relacionada con:
La revisión de dicha documentación de auditoría por parte del socio del encargo del grupo a menudo tiene lugar durante el curso de la auditoría del grupo, incluida la revisión de la documentación relevante de auditoría del auditor del componente (véase también el apartado A148).
Comunicación con los auditores de los componentes
La comunicación clara y oportuna entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes sobre sus respectivas responsabilidades, junto con instrucciones claras para los auditores de los componentes sobre la naturaleza, oportunidad y alcance del trabajo a realizar y las cuestiones que se espera comunicar al auditor del grupo, ayuda a establecer la base para una comunicación eficaz de dos vías Una comunicación eficaz de dos vías entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes también ayuda a establecer expectativas para los auditores de los componentes y facilita la dirección y supervisión del auditor del grupo sobre ellos y la revisión de su trabajo. Dicha comunicación también brinda una oportunidad para que el socio del encargo del grupo refuerce la necesidad de que los auditores de los componentes ejerzan escepticismo profesional en el trabajo realizado para la finalidad de la auditoría del grupo.
Otros factores que también pueden contribuir a una comunicación de dos vías eficaz incluyen:
Las comunicaciones entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes dependen de los hechos y circunstancias del encargo de auditoría del grupo, incluida la naturaleza y el alcance de la participación de los auditores de los componentes y el grado en que el auditor del grupo y los auditores de los componentes están sujetos a sistemas comunes de gestión de la calidad o requerimientos de la red o servicios de la red comunes.
Forma de comunicación
La forma de las comunicaciones entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes puede variar en función de factores tales como la naturaleza del trabajo de auditoría que se ha solicitado que realicen los auditores de los componentes y la medida en que las capacidades de comunicación están integradas en las herramientas de auditoría utilizadas para la auditoría del grupo.
La forma de las comunicaciones también puede verse afectada por factores tales como:
La comunicación entre el auditor del grupo y el auditor del componente no tiene que realizarse necesariamente por escrito. Sin embargo, las comunicaciones verbales del auditor del grupo con los auditores de los componentes pueden complementarse con comunicaciones escritas, tal como un conjunto de instrucciones sobre el trabajo a realizar, cuando el auditor del grupo quiera prestar especial atención o promover un entendimiento mutuo sobre ciertas cuestiones. Además, el auditor del grupo puede reunirse con el auditor del componente para discutir cuestiones significativas o para revisar partes relevantes de la documentación de auditoría del auditor del componente.
El apartado 45 requiere que el auditor del grupo solicite al auditor del componente que le comunique las cuestiones relevantes para que el auditor del grupo alcance una conclusión en relación con la auditoría del grupo. Como se explica en el apartado A146, la forma y contenido de los entregables del auditor del componente se ven influenciadas por la naturaleza y alcance del trabajo de auditoría que se le ha solicitado realizar al auditor del componente.
Independientemente de la forma de comunicación, se aplican los requerimientos de documentación de esta y otras NIA.
Oportunidad de las comunicaciones
El momento adecuado de las comunicaciones depende de las circunstancias del encargo. Las circunstancias relevantes pueden incluir la naturaleza, oportunidad y alcance del trabajo a realizar por el auditor del componente y la acción que se espera que tome el auditor del componente. Por ejemplo, las comunicaciones relativas a la planificación a menudo pueden hacerse al inicio del encargo de auditoría y, en el caso de una auditoría de grupo, pueden formar parte del acuerdo de los términos del encargo.
Incumplimiento con leyes o regulaciones (Ref.: Apartados 25, 29)
Al aplicar la NIA 250 (Revisada),68 el socio del encargo del grupo puede tener conocimiento sobre información del incumplimiento o indicio de incumplimiento de leyes o regulaciones. En tales circunstancias, el socio del encargo del grupo puede tener la obligación de comunicar la cuestión al auditor del componente, de conformidad con los requerimientos de ética relevantes, leyes o regulaciones.69 La obligación del socio del encargo del grupo de comunicar el incumplimiento o la sospecha de incumplimiento se puede extender a los auditores de los estados financieros de entidades o unidades de negocio para las cuales se requiere una auditoría por ley, reglamento o por otra razón, pero para las cuales no se realiza ningún trabajo de auditoría a efectos de la auditoría del grupo.
Obtener un conocimiento del grupo y su entorno, el marco de información financiera aplicable y el sistema de control interno del grupo
La NIA 315 (Revisada 2019)70 contiene requerimientos y orientación con respecto a la responsabilidad del auditor de obtener un conocimiento de la entidad y su entorno, el marco de información financiera aplicable y el sistema de control interno de la entidad. El Anexo 2 de esta NIA proporciona ejemplos de cuestiones relacionadas con el control interno que pueden ser útiles al conocer el sistema de control interno en el contexto de un entorno de grupos, y amplía sobre cómo se debe aplicar la NIA 315 (Revisada 2019) en una auditoría de estados financieros de grupo.
El conocimiento del grupo y su entorno, el marco de información financiera aplicable y el sistema de control interno del grupo puede obtenerse mediante comunicaciones con:
Obtener un conocimiento del grupo, identificar los riesgos de incorrección material y valorar el riesgo inherente y el riesgo de control puede realizarse de diferentes maneras dependiendo de las técnicas o metodologías de auditoría preferidas y puede expresarse de diferentes maneras. En consecuencia, cuando los auditores de los componentes participan en el diseño y la ejecución de los procedimientos de valoración de riesgos, es posible que el auditor del grupo deba comunicar su enfoque preferido a los auditores de los componentes o proporcionar instrucciones.
Discusiones con el equipo del encargo (Ref.: Apartado 30)
Al aplicar la NIA 315 (Revisada 2019),71 el socio del encargo del grupo y otros miembros clave del equipo del encargo deberán discutir la aplicación del marco de información financiera aplicable y la susceptibilidad de los estados financieros del grupo a incorrecciones materiales. La determinación del socio del encargo del grupo sobre qué miembros del equipo del encargo incluir en la discusión y los temas que se tratarán se ve afectada por cuestiones tales como las expectativas iniciales sobre los riesgos de incorrección material y la expectativa preliminar de involucrar a los auditores de los componentes.
La discusión proporciona una oportunidad para:
El grupo y su entorno (Ref.: Apartado 30 (a))
El conocimiento de la estructura organizacional del grupo y su modelo de negocio puede permitir al auditor conocer cuestiones tales como:
Obtener conocimiento del grado en el que las operaciones o actividades del grupo son similares, puede ayudar a identificar riesgos similares de incorrección material entre los componentes y diseñar una respuesta adecuada.
Los resultados financieros de las entidades o unidades de negocio normalmente son medidos y revisados por la dirección del grupo. Las consultas de la dirección del grupo pueden revelar que la dirección del grupo se basa en ciertos indicadores clave para evaluar el desempeño financiero de las entidades y unidades de negocio del grupo y tomar medidas. El conocimiento de esas medidas de desempeño puede ayudar a identificar:
El sistema de control interno del grupo
La naturaleza y el alcance de la uniformidad de los controles (Ref.: Apartado 30(c)(i))
La dirección del grupo puede diseñar controles destinado a operar de forma común en múltiples entidades o unidades de negocio (por ejemplo, controles comunes). Por ejemplo, la dirección del grupo puede diseñar controles comunes para el manejo del inventario, que funcionan con el mismo sistema de TI y que se implementan en todas las entidades o unidades de negocio del grupo. Pueden existir controles comunes en cada componente del sistema de control interno del grupo, y pueden implementarse en diferentes niveles dentro del grupo (por ejemplo, a nivel de grupo consolidado como un todo, o para otros niveles de agregación dentro del grupo). Los controles comunes pueden ser controles directos o controles indirectos. Los controles directos son controles que son lo suficientemente precisos para abordar los riesgos de incorrección material en las afirmaciones. Los controles indirectos son controles que apoyan a los controles directos.73
Conocer los componentes del sistema de control interno del grupo incluye conocer la similitud de los controles dentro de esos componentes en todo el grupo. Al comprender la similitud de un control en todo el grupo, las consideraciones que pueden ser relevantes incluyen si:
A menudo puede ser necesario el juicio para determinar si un control es un control común. Por ejemplo, la dirección del grupo puede requerir que todas las entidades y unidades de negocio realicen una evaluación mensual de la antigüedad de las cuentas de los clientes que se genera a partir de una aplicación de las TI específica. Cuando los informes de antigüedad se generan a partir de diferentes aplicaciones de las TI o la implementación de la aplicación de TI difiere entre entidades o unidades de negocio, puede ser necesario considerar si se puede determinar que el control sea común. Esto se debe a las diferencias en el diseño del control que pueden existir debido a la existencia de diferentes aplicaciones de TI (por ejemplo, si la aplicación de TI está configurada de la misma manera en todos los componentes y si existen controles de TI generales efectivos en diferentes aplicaciones de TI).
La consideración del nivel en el que se realizan los controles dentro del grupo (por ejemplo, a nivel del grupo consolidado como un todo o para otros niveles de agregación dentro del grupo) y el grado de centralización y similitud puede ser importante para entender cómo la información es procesada y controlada. En algunas circunstancias, los controles pueden realizarse de forma centralizada (por ejemplo, realizados solo en una sola entidad o unidad de negocios), pero pueden tener un efecto generalizado en otras entidades o unidades de negocio (por ejemplo, un centro de servicios compartidos que procesa transacciones a nombre de otras entidades o unidades de negocio dentro del grupo). El procesamiento de transacciones y controles relacionados en un centro de servicios compartidos puede operar de la misma manera para aquellas transacciones procesadas por el centro de servicios compartidos independientemente de la entidad o unidad de negocios (por ejemplo, los procesos, riesgos y controles pueden ser los mismos independientemente de la fuente de la transacción). En esos casos, puede ser
Actividades centralizadas (Ref.: Apartado 30(c)(i)–(ii))
La dirección del grupo puede centralizar algunas de sus actividades, por ejemplo, las funciones de información financiera o contabilidad pueden realizarse para un grupo particular de transacciones comunes u otra información financiera de manera consistente y centralizada para múltiples entidades o unidades de negocio (por ejemplo, cuando el inicio, la autorización, el registro, el procesamiento o informe de transacciones de ingresos se realiza en un centro de servicios compartidos).
Obtener una comprensión de cómo las actividades centralizadas encajan en la estructura general del grupo y la naturaleza de las actividades realizadas, puede ayudar a identificar y valorar los riesgos de incorrección material y responder adecuadamente a esos riesgos. Por ejemplo, los controles en un centro de servicios compartido pueden operar independientemente de otros controles, o pueden depender de los controles en una entidad o unidad de negocio de la que se deriva la información financiera (por ejemplo, las transacciones de ventas pueden iniciarse y autorizarse en una entidad o unidad de negocio, pero el procesamiento puede ocurrir en el centro de servicios compartidos).
El auditor del grupo puede involucrar a los auditores de los componentes para probar la eficacia operativa de los controles comunes relacionados con las actividades centralizadas. En esas circunstancias, es importante una colaboración eficaz entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes, ya que la evidencia de auditoría obtenida mediante la prueba de la eficacia operativa de los controles comunes o los controles relacionados con las actividades centralizadas respalda la determinación de la naturaleza, la oportunidad y el alcance de los procedimientos sustantivos que deben realizarse en todo el grupo.
Comunicaciones sobre cuestiones significativas que apoyan la preparación de los estados financieros del grupo (Ref.: Apartado 30(c)(iv))
Las entidades del grupo o las unidades de negocio pueden utilizar un marco de información financiera por razones legales, reglamentarias o de otro tipo que sea diferente del marco de información financiera utilizado para los estados financieros del grupo. En esas circunstancias, la comprensión de los procesos de información financiera de la dirección del grupo para alinear las políticas contables y, en su caso, los periodos de cierre de los informes financieros que difieren de los del grupo, permite al auditor del grupo comprender cómo se realizan los ajustes, las conciliaciones y las reclasificaciones, y si se realizan de forma centralizada por la dirección del grupo o por la entidad o unidad de negocio.
Instrucciones de la dirección del grupo a las entidades o unidades de negocio
Al aplicar la NIA 315 (Revisada 2019),74 se requiere que el auditor del grupo conozca cómo la dirección del grupo comunica las cuestiones significativas que respaldan la preparación de los estados financieros del grupo. Para lograr la uniformidad y la comparabilidad de la información financiera, la dirección del grupo puede emitir instrucciones (por ejemplo, comunicar las políticas de información financiera) a las entidades o unidades de negocio que incluyan detalles sobre los procesos de información financiera o que puedan tener políticas que sean comunes en todo el grupo. Conocer las instrucciones de la dirección del grupo puede afectar la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo. Por ejemplo, las instrucciones inadecuadas pueden aumentar la probabilidad de incorrecciones debido al riesgo de que las transacciones se registren o procesen incorrectamente, o que las políticas contables se apliquen incorrectamente.
El conocimiento del auditor del grupo de las instrucciones o políticas puede incluir lo siguiente:
Consideraciones cuando participan los auditores de los componentes (Ref.: Apartados 31–32)
Durante el curso de la auditoría del grupo, el auditor del grupo puede comunicar las cuestiones del apartado 31 a los auditores de otros componentes, si estas cuestiones son relevantes para el trabajo de esos auditores de los componentes. El apartado A144 incluye ejemplo de otras cuestiones que pueden ser comunicadas de manera oportuna durante el curso del trabajo del auditor del componente.
La naturaleza de las relaciones y transacciones con partes vinculadas puede, en algunas circunstancias, dar lugar a mayores riesgos de incorrección material en los estados financieros que las transacciones con partes no vinculadas.75 En una auditoría de grupo, puede haber un mayor riesgo de incorrección material en los estados financieros del grupo, incluido el debido a fraude, asociado con relaciones con partes vinculadas cuando:
Planificar y llevar a cabo la auditoría con escepticismo profesional, de conformidad con la NIA 20076 es, por lo tanto, particularmente importante cuando existen estas circunstancias
Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material (Ref.: Apartado 33)
El proceso para identificar y valorar los riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo es iterativo y dinámico, y puede ser desafiante, particularmente cuando las actividades del componente son complejas o especializadas, o cuando hay muchos componentes en múltiples ubicaciones. Al aplicar la NIA 315 (Revisada 2019),77 el auditor desarrolla las expectativas iniciales con respecto a los riesgos potenciales de incorrección material y una identificación inicial de los tipos de transacciones, cuentas contables e información a revelar significativas de los estados financieros del grupo con base en su conocimiento del grupo y su entorno, el marco de información financiera aplicable y el sistema de control interno del grupo.
Las expectativas iniciales de los potenciales riesgos de incorrección material consideran el conocimiento del auditor sobre el grupo, incluidas sus entidades o unidades de negocio y los entornos y sectores en los que operan. Con base en las en las expectativas iniciales, el auditor del grupo puede, y generalmente lo hará, involucrar a los auditores de los componentes en los procedimientos de valoración de riesgos, ya que ellos pueden tener conocimiento y experiencia directos con las entidades o unidades de negocios, que pueden ser útiles para comprender las actividades y los riesgos relacionados, y cuando pueden surgir riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo en relación con dichas entidades o unidades de negocio.
Para los riesgos identificados de incorrección material en las afirmaciones, se requiere que el auditor del grupo asuma la responsabilidad de valorar los riesgos inherentes. Dicha evaluación implica evaluar la probabilidad y la magnitud de la incorrección, lo que considera cómo y en qué medida:78
Con base en los procedimientos de valoración de riesgos realizados, el auditor del grupo puede determinar que un riesgo valorado de incorrección material en los estados financieros del grupo solo surge en relación con la información financiera de ciertos componentes. Por ejemplo, el riesgo de incorrección material en relación con un reclamo legal solo puede existir en entidades o unidades de negocio que operan en una determinada jurisdicción o en entidades o unidades de negocio que tienen operaciones o actividades similares.
El anexo 3 contiene ejemplos de condiciones o hechos que, individualmente o de forma agregada, pueden indicar la existencia de riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo, ya sea debido a fraude o error, incluso con respecto al proceso de consolidación.
Fraude
Al aplicar la NIA 240,79 se requiere que el auditor identifique y valore los riesgos de incorrección material en los estados financieros debido a fraude, y que diseñe y lleve a cabo procedimientos de auditoría adicionales cuya naturaleza, oportunidad y alcance responda a los riesgos valorados de incorrección material debido a fraude en la afirmación. La información utilizada para la identificación de riesgos incorrección material en los estados financieros del grupo debida a fraude puede incluir lo siguiente:
Consideraciones cuando participan los auditores de los componentes (Ref.: Apartado 34)
Cuando el auditor del grupo involucra a los auditores de los componentes en el diseño y ejecución de los procedimientos de valoración de riesgos, el auditor del grupo sigue siendo responsable de tener un conocimiento del grupo y su entorno, del marco de información financiera aplicable y del sistema de control interno del grupo para tener una base suficiente para la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo de conformidad con el apartado 33.
Cuando la evidencia de auditoría obtenida de los procedimientos de valoración del riesgo no proporciona un fundamento adecuado para la identificación y valoración de riesgos de incorrección material, la NIA 315 (Revisada 2019)80 requiere que el auditor lleve a cabo procedimientos de valoración del riesgo adicionales hasta que la evidencia de auditoría obtenida proporciones ese fundamento.
Importancia relativa para la ejecución del trabajo del componente (Ref.: Apartado 35(a))
El apartado 35(a) le requiere al auditor del grupo que determine la materialidad de ejecución del trabajo del componente, para cada uno de los componentes donde se llevan a cabo procedimientos de auditoría sobre la información financiera desagregada. El importe de la materialidad de ejecución del trabajo del componente puede ser diferente para cada componente. También, el importe de la materialidad de ejecución del trabajo del componente para un componente individual no necesita ser una porción aritmética de la materialidad de ejecución del trabajo del grupo y, en consecuencia, el agregado de los importes de la materialidad de ejecución del trabajo del componente puede exceder la materialidad de ejecución del trabajo del grupo.
Esta NIA no requiere que se determine la materialidad de ejecución del trabajo del componente para cada clase de transacciones, saldo de cuenta o información a revelar de los componentes en los que se realizan procedimientos de auditoría. Sin embargo, si en las circunstancias específicas del grupo hubiera uno o más tipos de transacciones, cuentas contables o información a revelar que, en caso de contener incorrecciones por importes inferiores a la importancia relativa para los estados financieros del grupo en su conjunto, cabría razonablemente prever, que influyeran en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados financieros del grupo, la NIA 32081 requiere la determinación del nivel o niveles de importancia relativa a aplicar a ese tipo específico de transacciones, cuentas contables o información a revelar. En estas circunstancias, el auditor del grupo puede necesitar considerar si una materialidad para la ejecución del trabajo del componente inferior a la cantidad comunicada al auditor del componente puede ser apropiada para esas clases particulares de transacciones, saldos de cuentas o información a revelar.82
La determinación de la materialidad de ejecución del trabajo del componente no es un simple cálculo mecánico e implica la aplicación del juicio profesional. Los factores que el auditor del grupo puede tener en cuenta al establecer la materialidad de ejecución del trabajo de los componentes incluyen los siguientes:
Para abordar el riesgo de agregación, el apartado 35(a) requiere que la materialidad de ejecución del trabajo del componente sea menor que la materialidad de ejecución del trabajo del grupo. Como se explica en el apartado A118, a medida que aumenta el grado de desagregación entre los componentes, una menor materialidad para la ejecución del trabajo del componente normalmente sería apropiada para abordar el riesgo de agregación. Sin embargo, en algunas circunstancias, la materialidad de ejecución del trabajo del componente puede establecerse en un monto más cercano a la materialidad de ejecución del trabajo del grupo porque hay menos riesgo de agregación, como cuando la información financiera de un componente representa una parte sustancial de los estados financieros del grupo. Al determinar la materialidad de ejecución del trabajo del componente para una inversión en una entidad no controlada que se contabiliza por el método de participación, el auditor del grupo debe tomar en cuenta el porcentaje de participación del grupo y la participación en las ganancias y pérdidas de la participada.
En algunos casos, el auditor del grupo o el auditor de un componente puede aplicar procedimientos de auditoría adicionales sobre una clase importante de transacciones o un saldo de cuenta significativo como una sola población (es decir, no desagregada entre componentes). En esos casos, la materialidad de ejecución del trabajo del grupo a menudo se utilizará para realizar estos procedimientos.
Umbral “Claramente insignificante” (Ref.: Apartado 35(b))
El umbral para comunicar las incorrecciones al auditor del grupo se fija en un importe igual o inferior al que se considera claramente insignificante para los estados financieros del grupo. De conformidad con la NIA 450,83 este umbral es el importe por debajo del cual no sería necesario acumular las incorrecciones porque el auditor del grupo espera que la acumulación de dichos importes claramente no tenga un efecto material en los estados financieros del grupo.
Comunicar la importancia relativa para la ejecución del trabajo del componente (Ref.: Apartado 36)
En algunos casos, puede ser apropiado que el auditor del grupo involucre al auditor del componente en la determinación de un monto apropiado de materialidad para la ejecución del trabajo del componente, en vista del conocimiento del auditor del componente sobre el componente y las posibles fuentes de incorrección en la información financiera del componente. En este sentido, el auditor del grupo también puede considerar comunicar la materialidad de la ejecución del trabajo del grupo al auditor del componente para apoyar la colaboración en la determinación de si la materialidad de la ejecución del trabajo del componente, en relación con la materialidad de la ejecución del trabajo del grupo, es apropiada en las circunstancias.
La materialidad de ejecución del trabajo del componente se fundamenta, por lo menos en parte, en expectativas sobre la naturaleza, frecuencia y magnitud de las incorrecciones en la información financiera del componente. Por lo tanto, la comunicación continua entre el auditor del componente y el auditor del grupo es importante, particularmente si el número y la magnitud de las incorrecciones identificadas por el auditor del componente son mayores de lo esperado.
Realizar procedimientos de auditoría adicionales de forma centralizada
Los procedimientos de auditoría adicionales pueden diseñarse y realizarse de forma centralizada si la evidencia de auditoría que se obtiene al realizar procedimientos de auditoría adicionales en una o más clases significativas de transacciones, saldos de cuentas o información a revelar en conjunto, responderá a los riesgos valorados de incorrección material, por ejemplo, si los registros contables de las transacciones de ingresos de todo el grupo se mantienen centralmente (por ejemplo, en un centro de servicios compartidos). Los factores que pueden ser relevantes para la determinación del auditor de realizar procedimientos de auditoría adicionales centralmente incluyen, por ejemplo:
El auditor del grupo puede determinar que la información financiera de varios componentes puede considerarse como una sola población con el fin de aplicar procedimientos de auditoría adicionales, por ejemplo, cuando las transacciones se consideran homogéneas porque comparten las mismas características, los riesgos relacionados de incorrección material son los mismos, y los controles están diseñados y funcionan de manera uniforme.
Cuando los procedimientos de auditoría adicionales se llevan a cabo centralmente, los auditores de los componentes aún pueden estar involucrados. Por ejemplo, cuando el grupo tiene múltiples centros de servicios compartidos, el auditor del grupo puede involucrar a los auditores de los componentes en la ejecución de procedimientos de auditoría adicionales para estos centros de servicios compartidos.
Realizar procedimientos de auditoría adicionales en el componente
En otras circunstancias, los procedimientos para responder a los riesgos de incorrección material de los estados financieros del grupo que están relacionados con la información financiera de un componente pueden realizarse de forma más eficaz a nivel del componente. Este puede ser el caso cuando el grupo tiene:
Gran número de los componentes cuya información financiera es individualmente inmaterial pero significativa en el conjunto de los estados financieros del grupo
Un grupo puede estar compuesto por un gran número de los componentes cuya información financiera es inmaterial individualmente pero importante en su conjunto para los estados financieros del grupo. Circunstancias como estas, en las que las clases significativas de transacciones, saldos de cuentas o información a revelar en los estados financieros del grupo se desglosan en un gran número de los componentes, pueden presentar desafíos adicionales para el auditor del grupo en la planificación y ejecución de procedimientos de auditoría adicionales.
En algunos casos, puede ser posible obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada mediante la realización de procedimientos de auditoría adicionales centrados en estas clases significativas de transacciones, saldos de cuentas o información a revelar (por ejemplo, si son homogéneas, están sujetas a controles comunes y se puede tener acceso a la información adecuada). Los procedimientos de auditoría adicionales también pueden incluir procedimientos analíticos sustantivos de conformidad con la NIA 520.84 Dependiendo de las circunstancias del encargo, la información financiera de los componentes puede agregarse a niveles apropiados con el fin de desarrollar expectativas y determinar el importe o de cualquier diferencia entre los importes registrados y los valores esperados al realizar los procedimientos analíticos sustantivos. El uso de herramientas y técnicas automatizadas puede ser útil en estas circunstancias.
En otros casos, puede ser necesario realizar procedimientos de auditoría adicionales en componentes seleccionados para abordar los riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo. La determinación de los componentes en los que se realizarán los procedimientos de auditoría, y la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría adicionales que se realizarán en los componentes seleccionados, son cuestiones de juicio profesional. En estas circunstancias, la introducción de un elemento de imprevisibilidad en los componentes seleccionados para la prueba también puede ser útil en relación con los riesgos de incorrección material de los estados financieros del grupo debido a fraude (véase también el apartado A136).
Naturaleza y alcance de los procedimientos de auditoría adicionales
En respuesta a los riesgos valorados de incorrección material, el auditor del grupo puede determinar que el siguiente alcance del trabajo sea adecuado para un componente (con la participación de los auditores de los componentes, en su caso):
Aunque el auditor del grupo asume la responsabilidad de la naturaleza, la oportunidad y el alcance de los procedimientos de auditoría adicionales que se realizarán, los auditores de los componentes pueden participar, y a menudo lo hacen, en todas las fases de la auditoría del grupo, incluido el diseño y la ejecución de los procedimientos de auditoría adicionales.
Diseñar y realizar procedimientos de auditoría adicionales sobre toda la información financiera del componente
El auditor del grupo puede determinar que el diseñar y realizar procedimientos de auditoría adicionales sobre toda la información financiera de un componente es un enfoque adecuado, incluido cuando:
Diseñar y realizar procedimientos de auditoría adicionales en una o más clases de transacciones, saldos de cuentas o información a revelar
El auditor del grupo puede determinar que diseñar y aplicar procedimientos de auditoría adicionales sobre una o más clases particulares de transacciones, saldos de cuentas o revelaciones de la información financiera de un componente es un enfoque apropiado para abordar los riesgos valorados de incorrección material en los estados financieros del grupo. Por ejemplo, un componente puede tener operaciones limitadas, pero posee una porción significativa de los terrenos y edificios del grupo o tiene saldos impositivos significativos.
Realizar procedimientos de auditoría adicionales específicos
El auditor del grupo puede determinar que diseñar y aplicar procedimientos de auditoría adicionales específicos sobre la información financiera de un componente es un enfoque apropiado, como cuando se necesita obtener evidencia de auditoría solo para una o más afirmaciones relevantes. Por ejemplo, el auditor del grupo puede probar centralmente la clase de transacción, el saldo de la cuenta o la información a revelar y puede requerir que el auditor del componente realice procedimientos de auditoría adicionales específicos en el componente (por ejemplo, procedimientos de auditoría adicionales específicos relacionados con la valoración de reclamos o litigios en la jurisdicción del componente o la existencia de un activo).
Elemento de imprevisibilidad
La incorporación de un elemento de imprevisibilidad en el tipo de trabajo a realizar, las entidades o unidades de negocio en las que se realizan los procedimientos y la medida en que el auditor del grupo participa en el trabajo, puede aumentar la probabilidad de identificar una incorrección material en la información financiera de los componentes que pueda dar lugar a una incorrección material en los estados financieros del grupo debido a fraude.85
Eficacia operativa de los controles
El auditor del grupo puede basarse en la eficacia operativa de los controles que operan en todo el grupo para determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos sustantivos que se realizarán en el grupo o en los componentes. La NIA 33086 requiere que el auditor diseñe y realice pruebas de controles con el fin de obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre la eficacia operativa de esos controles. Los auditores de los componentes pueden participar en el diseño y realización de esas pruebas de controles.
Si se detectan desviaciones en los controles en los que tiene previsto confiar, la NIA 33087 requiere que el auditor realice indagaciones específicas para comprender dichas desviaciones y sus consecuencias potenciales. Si se detectan más desviaciones de las esperadas como resultado de la prueba de la eficacia operativa de los controles, es posible que el auditor del grupo deba revisar el plan de auditoría del grupo. Las posibles revisiones al plan de auditoría del grupo pueden incluir:
Cuando la eficacia operativa de los controles se prueba centralmente (por ejemplo, controles en un centro de servicios compartidos o pruebas de controles comunes), el auditor del grupo puede necesitar comunicar información sobre el trabajo de auditoría realizado a los auditores de los componentes. Por ejemplo, cuando se solicita al auditor de un componente que diseñe y aplique procedimientos sustantivos sobre toda la información financiera del componente, o diseñe y aplique procedimientos sustantivos sobre una o más clases de transacciones, saldos de cuenta o información a revelar, el auditor del componente puede discutir con el auditor del grupo sobre las pruebas de control realizadas centralmente para determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos sustantivos.
Procedimientos sustantivos (Ref.: Apartado 38)
Los procedimientos de auditoría adicionales sobre el proceso de consolidación, incluidas las sub-consolidaciones, pueden incluir:
Ajustes y reclasificaciones de consolidación (Ref.: Apartado 38(b))
El proceso de consolidación puede requerir ajustes de importes incluidos en los estados financieros del grupo que no se someten a las aplicaciones de las TI habituales, y pueden no estar sujetos a los mismos controles internos a que está sujeta otra información financiera. La evaluación por el auditor del grupo de la adecuación, integridad y exactitud de los ajustes y reclasificaciones puede incluir:
Consideraciones cuando participan los auditores de los componentes (Ref.: Apartados 42–43)
Cuando el auditor del grupo involucra a los auditores de los componentes en el diseño o ejecución de procedimientos de auditoría adicionales, el auditor del componente puede determinar que el uso del trabajo de un experto del auditor es apropiado y comunicárselo al auditor del grupo. En esas circunstancias, al determinar si el diseño y la ejecución de procedimientos de auditoría adicionales por parte del auditor del componente son apropiados, el auditor del grupo puede, por ejemplo, discutir con el auditor del componente:
El nivel adecuado de implicación del auditor del grupo puede depender de las circunstancias y la estructura del grupo y de otros factores, tal como la experiencia previa del auditor del grupo con los auditores de los componentes que aplican procedimientos sobre el proceso de consolidación, incluidas las sub-consolidaciones, y las circunstancias del encargo de auditoría del grupo (por ejemplo, si la información financiera de una entidad o unidad de negocio no ha sido preparada de conformidad con las mismas políticas contables aplicadas a los estados financieros del grupo).
Comunicación sobre cuestiones relevantes para la conclusión del auditor del grupo con respecto a la auditoría del grupo (Ref.: Apartado 45)
Aunque las cuestiones que se requieren comunicar de conformidad con el apartado 45 son relevantes para la conclusión del auditor del grupo con respecto a la auditoría del grupo, ciertas cuestiones pueden comunicarse durante el curso de los procedimientos del auditor del componente. Además de las cuestiones en los apartados 32 y 50, esas cuestiones pueden incluir, por ejemplo:
Comunicación de incorrecciones en la información financiera del componente (Ref.: Apartado 45(e))
El conocimiento de las incorrecciones corregidas y no corregidas entre los componentes puede alertar al auditor del grupo sobre posibles deficiencias generalizadas del control interno, cuando se considera junto con la comunicación de deficiencias de conformidad con el apartado 45(g). Además, un número superior al esperado de incorrecciones identificadas (no corregidas o corregidas) puede indicar un mayor riesgo de incorrecciones no detectadas, lo que puede llevar al auditor del grupo a concluir que es necesario aplicar procedimientos de auditoría adicionales en determinados componentes.
Hallazgos o conclusiones generales del auditor del componente (Ref.: Apartado 45(k))
La forma y el contenido de los entregables del auditor del componente están influenciados por la naturaleza y el alcance del trabajo de auditoría que se le ha solicitado realizar al auditor del componente. Las políticas o procedimientos de la firma del auditor del grupo pueden abordar la forma o la redacción específica de una conclusión general del auditor del componente sobre el trabajo de auditoría realizado para los fines de la auditoría del grupo. En algunos casos, la ley o regulación local puede especificar la forma de la conclusión (por ejemplo, una opinión) que debe proporcionar el auditor del componente.
Evaluar si las comunicaciones con el auditor del componente son adecuadas para la finalidad del auditor del grupo (Ref.: Apartado 46(b))
Si el auditor del grupo determina que las comunicaciones del auditor del componente no son adecuadas para la finalidad del auditor del grupo, el auditor del grupo puede considerar si, por ejemplo:
Revisión de la documentación de auditoría adicional del auditor de un componente (Ref.: Apartado 47)
El apartado A75 proporciona orientación para el auditor del grupo a la hora de ajustar la naturaleza, la oportunidad y el alcance de la dirección y supervisión del auditor del componente, y la revisión de su trabajo, con base en los hechos y circunstancias de la auditoría del grupo y otras cuestiones (por ejemplo, los riesgos valorados de incorrección material en los estados financieros del grupo). La consideración del auditor del grupo de conformidad con el apartado 47(c) también puede verse afectada por las siguientes cuestiones relevantes para la participación continua del auditor del grupo en el trabajo del auditor del componente:
Otros factores que pueden afectar la determinación del auditor del grupo sobre si, y en qué medida, es necesario revisar la documentación de auditoría adicional del auditor del componente en las circunstancias, incluyendo:
Hechos posteriores (Ref.: Apartados 49–50)
El auditor del grupo puede:
Suficiencia y adecuación de la evidencia de auditoría (Ref.: Apartado 51)
La auditoría de estados financieros de un grupo es un proceso acumulativo e iterativo. A medida que el auditor del grupo aplica los procedimientos de auditoría planificados, la evidencia de auditoría obtenida puede hacer que el auditor del grupo modifique la naturaleza, oportunidad o el alcance de otros procedimientos de auditoría planificados, ya que puede llegar a conocimiento del auditor del grupo información que difiere significativamente de la información sobre la que se basó la valoración de riesgos. Por ejemplo:
En esas circunstancias, el auditor del grupo puede necesitar revaluar los procedimientos de auditoría planificados, con base en la consideración revisada de los riesgos valorados para todas o algunas de las clases significativas de transacciones, saldos de cuentas o información a revelar y las afirmaciones relacionadas.
La evaluación requerida por el apartado 51 ayuda al auditor del grupo a determinar si la estrategia general de auditoría del grupo y el plan de auditoría del grupo desarrollados para responder a los riesgos valorados de incorrección material de los estados financieros del grupo continúan siendo adecuados. El requerimiento de la NIA 33088 para que el auditor, independientemente de los riesgos valorados de incorrección material, diseñe y aplique procedimientos sustantivos para cada clase importante de transacciones, saldos de cuenta e información a revelar también puede ser útil para los fines de esta evaluación en el contexto de los estados financieros del grupo.
El auditor del grupo puede considerar el ejercicio de escepticismo profesional del equipo del encargo al evaluar la suficiencia y adecuación de la evidencia de auditoría obtenida. Por ejemplo, el auditor del grupo puede considerar si cuestiones como las descritas en el apartado A17 han llevado indebidamente al equipo del encargo a:
La NIA 220 (Revisada)89 requiere que el socio del encargo determine, en la fecha del informe de auditoría o antes de esa fecha, mediante la revisión de la documentación de auditoría y la discusión con el equipo del encargo, que se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada para respaldar las conclusiones alcanzadas y para el informe de auditoría a emitir. La información que puede ser relevante para la evaluación del auditor del grupo de la evidencia de auditoría obtenida del trabajo realizado por los auditores de los componentes depende de los hechos y circunstancias de la auditoría del grupo, y puede incluir:
En algunas circunstancias, un memorándum con un resumen general que describa el trabajo realizado y los resultados de este puede proporcionar una base por sí mismo para que el auditor del grupo concluya que el trabajo realizado y la evidencia de auditoría obtenida por el auditor del componente son suficientes para la finalidad de la auditoría del grupo. Este puede ser el caso, por ejemplo, cuando se le ha solicitado al auditor del componente que realice procedimientos de auditoría adicionales específicos identificados y comunicados por el auditor del grupo.
Evaluación del efecto sobre la opinión de auditoría del grupo (Ref.: Apartado 52)
La evaluación del socio del encargo del grupo puede incluir una consideración de si las incorrecciones corregidas y no corregidas comunicadas por los auditores de los componentes indican un problema sistémico (por ejemplo, en relación con transacciones sujetas a políticas contables comunes o controles comunes) que puede afectar a otros componentes.
Informe de auditoría (Ref.: Apartado 53)
Aunque los auditores de los componentes pueden realizar trabajos sobre la información financiera de los componentes para la auditoría del grupo y, como tales, son responsables de sus hallazgos o conclusiones generales, el socio del encargo del grupo o la firma del socio del encargo del grupo es responsable de la opinión de auditoría del grupo.
Cuando la opinión de auditoría del grupo se modifica porque el auditor del grupo no pudo obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en relación con la información financiera de uno o más componentes, la sección Fundamento de la Opinión con Salvedades o Fundamento de la Denegación de Opinión del informe de auditoría del grupo sobre los estados financieros, describe las razones de no haber podido obtener la evidencia de auditoría.90 En algunas circunstancias, puede ser necesaria una referencia a un auditor de componente para describir adecuadamente las razones de la opinión modificada, por ejemplo, cuando el auditor de componente no puede realizar o completar el trabajo solicitado sobre la información financiera del componente debido a circunstancias fuera del control de la dirección del componente.
Comunicación con la dirección del grupo (Ref.: Apartados 54–56)
La auditoría de grupo puede ser compleja debido al número y naturaleza de las entidades y unidades de negocio que componen el grupo. Además, como se explica en el apartado A7, el auditor del grupo puede determinar que ciertas entidades o unidades de negocio pueden considerarse juntas como un componente a efectos de planificar y realizar la auditoría del grupo. Por lo tanto, discutir con la dirección del grupo una visión general del alcance y el calendario planificados puede ayudar a coordinar el trabajo realizado en los componentes, incluido cuando los auditores de los componentes están involucrados, y a identificar la dirección de los componentes (véase el apartado A24).
La NIA 24091 contiene requerimientos y orientaciones sobre la comunicación de los casos de fraude a la dirección y, cuando la dirección pueda estar involucrada en dichos casos de fraude, a los responsables del gobierno de la entidad.
La dirección del grupo puede necesitar mantener la confidencialidad de cierta información material y sensible. Los siguientes ejemplos incluyen cuestiones que pueden ser significativas para los estados financieros del componente y de las cuales la dirección de dicho componente puede no tener conocimiento:
La dirección del grupo puede informar al auditor del grupo sobre el incumplimiento o la sospecha de incumplimiento de leyes o regulaciones en entidades o unidades de negocio dentro del grupo. El apartado A87 proporciona orientación para el socio del encargo del grupo en estas circunstancias.
Comunicación con los responsables del gobierno del grupo (Ref.: Apartado 57)
Las cuestiones que el auditor del grupo comunica a los responsables del gobierno del grupo pueden incluir aquellas sobre las que los auditores de los componentes han llamado la atención del auditor del grupo y que este considera significativas para las responsabilidades de los responsables del gobierno del grupo. La comunicación con los responsables del gobierno tiene lugar en distintos momentos durante la realización de la auditoría del grupo. Por ejemplo, la cuestión a la que se refiere el apartado 57(a) puede comunicarse después de que el auditor del grupo haya determinado el trabajo a realizar sobre la información financiera de los componentes. Por otra parte, las cuestiones a las que se refiere el apartado 57(b) pueden comunicarse al final de la auditoría, y las cuestiones a las que hace referencia el apartado 57(c)-(d) pueden comunicarse cuando ocurran.
La NIA 260 (Revisada),92 requiere que el auditor comunique a los responsables del gobierno de la entidad una descripción general de la planificación del alcance y del momento de realización de la auditoría. Para una auditoría de grupo, esta comunicación ayuda a los responsables del gobierno de la entidad a comprender la determinación del auditor del grupo de los componentes en los que se realizará el trabajo de auditoría, incluido si algunas de las entidades o unidades de negocio del grupo se considerarán juntas como un componente, y la participación planificada de los auditores de los componentes. Esta comunicación también ayuda a permitir un entendimiento mutuo y una discusión sobre el grupo y su entorno (ver apartado 30) y las áreas, si las hubiere, en las que los responsables del gobierno de la entidad pueden solicitar al auditor del grupo que lleve a cabo procedimientos adicionales.
Comunicación de deficiencias identificadas en el control interno (Ref.: Apartado 58)
El auditor del grupo es responsable de determinar, sobre la base del trabajo de auditoría realizado, si una o más deficiencias identificadas, individualmente o en combinación, constituyen deficiencias significativas.93 El auditor del grupo puede solicitar información al auditor del componente sobre si una deficiencia identificada o combinación de deficiencias en el componente es una deficiencia significativa en el control interno.
Documentación (Ref.: Apartado 59)
Otras NIA contienen requerimientos específicos de documentación cuya finalidad es aclarar la aplicación de la NIA 230 en las circunstancias particulares indicadas en esas NIA. En el anexo de la NIA 230 se enumeran otras NIA que contienen requerimientos específicos de documentación y orientaciones al respecto
La documentación de auditoría para la auditoría del grupo respalda la evaluación del auditor del grupo, de conformidad con el apartado 51, en cuanto a si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que basar la opinión de auditoría del grupo. Véase también el Apartado A154.
La documentación de auditoría para la auditoría del grupo comprende:
La integración final y la retención de la documentación de auditoría para una auditoría de grupo está sujeta a las políticas o procedimientos de la firma del auditor del grupo de conformidad con la NIGC 1.94 El auditor del grupo puede proporcionar instrucciones específicas a los auditores de los componentes con respecto la integración final y retención de la documentación del trabajo realizado para los fines de la auditoría del grupo.
Base para la determinación de los componentes por parte del auditor del grupo (Ref.: Apartado 59(b))
La base para la determinación de los componentes por parte del auditor del grupo puede documentarse de varias formas, incluida, por ejemplo, la documentación relacionada con el cumplimiento de los requerimientos de los apartados 22, 33 y 57(a) de esta NIA.
Base para la determinación del auditor del grupo de la competencia y capacidades de los auditores de los componentes (Ref.: Apartado 59(d))
La NIGC 195 proporciona orientación sobre cuestiones que las políticas o procedimientos de la firma pueden abordar con respecto a la competencia y capacidades de los miembros del equipo del encargo. Esas políticas o procedimientos pueden describir o brindar orientación sobre cómo documentar la determinación de la competencia y capacidades del equipo del encargo, incluidos los auditores de los componentes. Por ejemplo, la confirmación obtenida del auditor del componente de conformidad con el apartado 24 puede incluir información sobre la experiencia relevante del auditor del componente sobre el sector. El auditor del grupo también puede pedir una confirmación sobre si el auditor del componente tiene el tiempo suficiente para realizar los procedimientos de auditoría asignados.
Documentación de la dirección y supervisión de los auditores de los componentes y la revisión de su trabajo (Ref.: Apartado 59(f))
Como se describe en el apartado A75, el enfoque para la dirección, supervisión y revisión en una auditoría de grupo será adaptado por el auditor del grupo en función de los hechos y circunstancias del trabajo, y generalmente incluirá una combinación de abordar las políticas o procedimientos de la firma del auditor del grupo y las respuestas específicas a la auditoría del grupo. Esas políticas o procedimientos pueden también describir o proporcionar orientación sobre la documentación de la dirección y supervisión del equipo del encargo por parte del auditor del grupo y la revisión de su trabajo.
La NIA 30096 requiere que el auditor desarrolle un plan de auditoría que incluya una descripción de la naturaleza, oportunidad y alcance de la dirección y supervisión planificada de los miembros del equipo del encargo y la revisión de su trabajo. Cuando los auditores de los componentes están involucrados, el alcance de esas descripciones a menudo variará según el componente, reconociendo que la naturaleza planificada, la oportunidad y el alcance de la dirección y supervisión de los auditores de los componentes, y la revisión de su trabajo, pueden verse influenciados por las cuestiones descritas en el apartado A51.
La documentación del auditor del grupo sobre la dirección y supervisión de los auditores de los componentes y la revisión de su trabajo puede incluir, por ejemplo:
El apartado 47 requiere que el auditor del grupo determine si es necesario, y en qué medida, revisar la documentación adicional de auditoría del auditor de los componentes. El apartado A148–A149 proporciona orientación para el socio del encargo del grupo al hacer esta determinación.
La documentación de auditoría del auditor del componente normalmente no necesita ser replicada en el archivo de auditoría del auditor del grupo. Sin embargo, el auditor del grupo puede decidir resumir, replicar o conservar copias de cierta documentación del auditor del componente en el archivo de auditoría del auditor del grupo para complementar la descripción de una cuestión en particular en las comunicaciones del auditor del componente, incluidas las cuestiones que esta NIA requiere comunicar. Los ejemplos de dicha documentación del auditor de componentes pueden incluir:
Cuando lo exija la ley o regulación, es posible que sea necesario incluir cierta documentación del auditor del componente en el archivo de auditoría del auditor del grupo, por ejemplo, para responder a la solicitud de una autoridad reguladora de revisar la documentación relacionada con el trabajo realizado por un auditor del componente.
Las políticas o procedimientos establecidos por la firma de auditoría de conformidad con el sistema de gestión de calidad de la firma, o los recursos proporcionados por la firma o una red, pueden ayudar al auditor del grupo a documentar la dirección y supervisión de los auditores de los componentes y la revisión de su trabajo. Por ejemplo, se puede utilizar una herramienta de auditoría electrónica para facilitar las comunicaciones entre el auditor del grupo y los auditores de los componentes. La herramienta de auditoría electrónica también se puede utilizar para la documentación de auditoría, incluido el proporcionar información sobre los revisores y las fechas y el alcance de su revisión.
Consideraciones adicionales cuando el acceso a la documentación de auditoría del auditor del componente es restringido (Ref.: Apartado 59)
La documentación de auditoría para una auditoría de grupo puede presentar algunas complejidades y desafíos adicionales en ciertas circunstancias. Este puede ser el caso, por ejemplo, cuando la ley o la regulación restringe al auditor del componente de proporcione documentación fuera de su jurisdicción, o cuando una guerra, disturbios civiles o brotes de enfermedades restringen el acceso del auditor del grupo a la documentación relevante de auditoría del auditor del componente.
El auditor del grupo puede superar esas restricciones, por ejemplo:
Es una cuestión de juicio profesional si una o más de las acciones descritas anteriormente pueden ser suficientes para superar las restricciones dependiendo de los hechos y circunstancias de la auditoría del grupo.
Cuando el acceso a la documentación de auditoría de los auditores de los componentes está restringido, la documentación del auditor del grupo debe, no obstante, cumplir con los requerimientos de las NIA, incluidos los relacionados con la documentación sobre la naturaleza, la oportunidad y el alcance de la dirección y supervisión de los auditores de los componentes por parte del auditor del grupo y la revisión de su trabajo. La orientación en los apartados A148– A149 puede ser de utilidad para determinar el alcance de la revisión del auditor del grupo sobre la documentación de auditoría del auditor del componente, en estas circunstancias. Los apartados A176 y A177 proporcionan ejemplos de circunstancias en las que cierta documentación de auditoría del auditor de un componente puede incluirse en el archivo de auditoría del auditor del grupo.
Si el auditor del grupo no puede superar las restricciones de acceso a la documentación de auditoría del auditor del componente, es posible que el auditor del grupo deba considerar si existe una limitación al alcance que pueda requerir una modificación de la opinión sobre los estados financieros del grupo. Véase el apartado A45.
Anexo 1
Para efectos de este ejemplo de informe del auditor, se asumen las siguientes circunstancias:
INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE
A los accionistas de la Compañía ABC [u otro destinatario apropiado] Informe sobre la auditoría de los estados financieros consolidados3
Opinión con salvedades
Hemos auditado los estados financieros consolidados de la Compañía ABC y sus subsidiarias (el Grupo), que comprenden el estado de situación financiera consolidado al 31 de diciembre de 20X1, el estado de resultados integral consolidado, el estado de cambios en el patrimonio neto consolidado y el estado de flujos de efectivo consolidado correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, y las notas a los estados financieros consolidados, incluyendo información material sobre políticas contables. En nuestra opinión, excepto por los posibles efectos de la cuestión descrita en la sección de Fundamento de la opinión con salvedades de nuestro informe, los estados financieros consolidados adjuntos presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales (o expresan la imagen fiel de), la situación financiera consolidada del Grupo al 31 de diciembre de 20X1, así como (de) sus resultados consolidados y flujos de efectivo consolidados correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Fundamento de la opinión con salvedades
La inversión de la sociedad ABC en la sociedad XYZ, una asociada extranjera adquirida durante el ejercicio y contabilizada por el método de la participación, está registrada por $15 millones en el estado de situación financiera consolidado a 31 de diciembre de 20X1, y la participación de ABC en el resultado neto de XYZ de $1 millón se incluye en el estado de resultados integral consolidado para el ejercicio terminado en dicha fecha. No hemos podido obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre el importe registrado de la inversión de ABC en XYZ al 31 de diciembre de 20X1, ni sobre la participación de ABC en el resultado neto de XYZ correspondiente al ejercicio, debido a que se nos negó el acceso a la información financiera, a la dirección y a los auditores de XYZ. Por consiguiente, no hemos podido determinar si estos importes deben ser ajustados.
Hemos llevado a cabo nuestra auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA). Nuestras responsabilidades bajo esas normas se describen más a fondo en la sección Responsabilidades del auditor sobre la auditoría de los estados financieros consolidados de nuestro informe. Somos independientes del Grupo de conformidad con el Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad (incluidas las Normas Internacionales de Independencia) (Código IESBA), y hemos cumplido las demás responsabilidades de ética de conformidad con el Código IESBA. Consideramos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría con salvedades.
Otra información [u otro título si es adecuado, como “Información distinta de los estados financieros y del informe de auditoría correspondiente”]
[Informe de conformidad con los requerimientos de información de la NIA 720 (Revisada)4 – véase Ejemplo 6 del Anexo 2 de la NIA 720 (Revisada).] El último apartado de la sección Otra Información en el Ejemplo 6 se adaptaría para describir la cuestión concreta que origina la opinión con salvedades que también afecta a la otra información.]
Responsabilidades de la dirección y de los responsables del gobierno de la entidad sobre los estados financieros consolidados5
[Informar de conformidad con la NIA 700 (Revisada)6 – ver Ejemplo 2 en la NIA 700 (Revisada).]
Responsabilidades del auditor sobre la auditoría de los estados financieros consolidados
[Informar de conformidad con la NIA 700 (Revisada) – ver Ejemplo 2 en la NIA 700 (Revisada).] Los dos últimos párrafos que son aplicables solo para las auditorías de las entidades que cotizan no se incluirían.]
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
[Informe de conformidad con la NIA 700 (Revisada) – véase Ejemplo 2 de la NIA 700 (Revisada).]
[Firma en nombre de la firma de auditoría, en nombre propio o en nombre de ambos, según proceda en la jurisdicción de que se trate] [Dirección del auditor] [Fecha]
Este Anexo proporciona ejemplos de cuestiones relacionadas con el control interno que pueden ser útiles al obtener un entendimiento del sistema de control interno en el contexto de un entorno de grupos, y amplía sobre cómo se debe aplicar la NIA 315 (Revisada 2019)1 en una auditoría de estados financieros de grupo. Los ejemplos pueden no ser relevantes para todo encargo de auditoría de un grupo y la lista de ejemplos no es necesariamente exhaustiva.
Ambiente de control
El entendimiento del ambiente de control por parte del auditor del grupo puede incluir aspectos como los siguientes:
El proceso de valoración de riesgos del grupo
El conocimiento del auditor del grupo sobre el proceso de valoración del riesgo puede incluir cuestiones tales como el proceso de valoración de riesgos por parte de la dirección del grupo, es decir, el proceso para identificar, analizar y gestionar los riesgos de negocio, incluido el riesgo de fraude, que pueden dar lugar a una incorrección material en los estados financieros del grupo. También puede incluir una comprensión de qué tan sofisticado es el proceso de valoración de riesgos del grupo y la participación de las entidades y unidades de negocio en este proceso.
El proceso del grupo para el seguimiento del sistema de control interno
El conocimiento del auditor del grupo del proceso del grupo para dar seguimiento al sistema de control interno puede incluir cuestiones tales como el seguimiento de los controles, incluyendo cómo se lleva a cabo el seguimiento a los controles en todo el grupo y, cuando sea relevante, las actividades de la función de auditoría interna en todo el grupo, incluyendo su naturaleza, responsabilidades y actividades en relación con el seguimiento de los controles en las entidades o unidades de negocio del grupo. La NIA 610 (Revisada 2013)2 requiere que el auditor evalúe el alcance del estado organizacional de la función de auditoría interna y las políticas y procedimientos relevantes que respaldan la objetividad de los auditores internos, el nivel de competencia de la función de auditoría interna y si la función de auditoría interna aplica un enfoque sistemático y disciplinado, incluido el control de calidad.
El sistema de información y comunicación
El conocimiento por parte del auditor del grupo del sistema de información y comunicación del grupo puede incluir cuestiones tales como las siguientes:
Proceso de consolidación
El conocimiento por parte del auditor del grupo del proceso de consolidación puede incluir aspectos como los siguientes:
Cuestiones relacionadas con el marco de información financiera aplicable:
Cuestiones relacionadas con el proceso de consolidación:
Cuestiones relacionadas con ajustes y reclasificaciones de consolidación:
Actividades de control
El conocimiento por parte del auditor del grupo del componente de actividades de control puede incluir cuestiones como las siguientes:
Anexo 3
Los siguientes son ejemplos de hechos (incluidas transacciones) y condiciones que pueden indicar la existencia de riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo, ya sea por fraude o error, incluso con respecto al proceso de consolidación. Los ejemplos proporcionados por el factor de riesgo inherente abarcan un amplio espectro de hechos o condiciones; sin embargo, no todos los hechos o condiciones son relevantes para todo encargo de auditoría de grupo y la lista de ejemplos no es exhaustiva. Los hechos y condiciones han sido categorizados por el factor de riesgo inherente que puede tener el mayor efecto en las circunstancias. Es importante destacar que, debido a las interrelaciones entre los factores de riesgo inherente, es probable que los ejemplos de hechos y condiciones también estén sujetos o se vean afectados por otros factores de riesgo inherente, en diversos grados. También véase la NIA 315 (Revisada 2019), Anexo 2.
Factores de riesgo inherente: Complejidad. Ejemplos de hechos o condiciones que pueden indicar la existencia de riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo en las afirmaciones: --- Factores de riesgo inherente: Subjetividad. Ejemplos de hechos o condiciones que pueden indicar la existencia de riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo en las afirmaciones: --- Factores de riesgo inherente: Cambios. Ejemplos de hechos o condiciones que pueden indicar la existencia de riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo en las afirmaciones: ---